ARRAIGO SOCIOFORMATIVO – Actualización 2025

¿Has estado en España de forma continua durante los últimos dos años y estás estudiando o te comprometes a estudiar? Entonces este trámite puede ser tu oportunidad para obtener la residencia legal. El Arraigo Socioformativo es una autorización por circunstancias excepcionales pensada para quienes quieren formarse y avanzar en su integración en la sociedad española.


📝 ¿Qué es el Arraigo Socioformativo?

Es una autorización de residencia temporal que se puede conceder a personas extranjeras que:

  • Lleven al menos 2 años viviendo en España de forma continuada (con un máximo de 90 días fuera del país).
  • Estén matriculadas o cursando una formación reglada, o se comprometan a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
  • Acrediten su integración social mediante un informe emitido por su comunidad autónoma o ayuntamiento.

📚 ¿Qué tipo de formación sirve?

Puedes acogerte al Arraigo Socioformativo si estás:

  • Estudiando educación secundaria postobligatoria (como Bachillerato o FP) en un centro autorizado.
  • Cursando una formación que conduzca a un certificado profesional de grado C (niveles 1, 2 o 3).
  • Comprometido a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo, enfocada a ocupaciones incluidas en el catálogo de difícil cobertura.

💡 Importante: Si no estás matriculado todavía, deberás aportar el compromiso por escrito de realizar la formación. Luego tendrás tres meses desde la concesión de la residencia para demostrar que te has matriculado.


✅ Requisitos principales

  • No ser ciudadano/a de la UE, EEE o Suiza.
  • No tener antecedentes penales en España ni en tus países de residencia anteriores.
  • No encontrarte dentro del compromiso de no retorno (si volviste voluntariamente a tu país).
  • No ser solicitante de protección internacional al momento de presentar la solicitud.
  • Aportar un informe de integración social de tu Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.

🗂️ Documentación necesaria

  • Formulario EX-10 cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo en vigor.
  • Pruebas de tu permanencia continuada en España durante 2 años (empadronamiento, citas médicas, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Matrícula o compromiso de realización de la formación.
  • Informe de integración social.

📌 Si presentas documentos de otros países, deben estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados según el país de origen.


🛠️ ¿Dónde y cómo se presenta?

  • Presencialmente, en la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides.
  • Puedes presentar la solicitud hasta dos meses antes del inicio del plazo oficial de matrícula.

💰 Tasa y plazos

  • Tasa a pagar: Modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.1.
  • Plazo de resolución: 3 meses (si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo).
  • Si te conceden la autorización, tendrás un mes para pedir tu tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
  • La vigencia inicial es de 1 año, y se puede prorrogar si se cumplen ciertos requisitos (seguir formándote o haber terminado y estar en búsqueda activa de empleo).

📞 ¿Necesitas ayuda?

En Orlando Ochoa Abogados te acompañamos durante todo el proceso: desde la revisión de los requisitos hasta la presentación de la solicitud. Si estás en proceso de formación y quieres regularizar tu situación, este trámite puede ser ideal para ti.

💬 Escríbenos por WhatsApp: +34 660 785 376
📩 O mándanos un correo a: info@orlandoochoaabogados.com

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¿Has estado en España de forma continua durante los últimos dos años y estás estudiando o te comprometes a estudiar? Entonces este trámite puede ser tu oportunidad para obtener la residencia legal. El Arraigo Socioformativo es una autorización por circunstancias excepcionales pensada para quienes quieren formarse y avanzar en su integración en la sociedad española.


📝 ¿Qué es el Arraigo Socioformativo?

Es una autorización de residencia temporal que se puede conceder a personas extranjeras que:

  • Lleven al menos 2 años viviendo en España de forma continuada (con un máximo de 90 días fuera del país).
  • Estén matriculadas o cursando una formación reglada, o se comprometan a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
  • Acrediten su integración social mediante un informe emitido por su comunidad autónoma o ayuntamiento.

📚 ¿Qué tipo de formación sirve?

Puedes acogerte al Arraigo Socioformativo si estás:

  • Estudiando educación secundaria postobligatoria (como Bachillerato o FP) en un centro autorizado.
  • Cursando una formación que conduzca a un certificado profesional de grado C (niveles 1, 2 o 3).
  • Comprometido a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo, enfocada a ocupaciones incluidas en el catálogo de difícil cobertura.

💡 Importante: Si no estás matriculado todavía, deberás aportar el compromiso por escrito de realizar la formación. Luego tendrás tres meses desde la concesión de la residencia para demostrar que te has matriculado.


✅ Requisitos principales

  • No ser ciudadano/a de la UE, EEE o Suiza.
  • No tener antecedentes penales en España ni en tus países de residencia anteriores.
  • No encontrarte dentro del compromiso de no retorno (si volviste voluntariamente a tu país).
  • No ser solicitante de protección internacional al momento de presentar la solicitud.
  • Aportar un informe de integración social de tu Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.

🗂️ Documentación necesaria

  • Formulario EX-10 cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte completo en vigor.
  • Pruebas de tu permanencia continuada en España durante 2 años (empadronamiento, citas médicas, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Matrícula o compromiso de realización de la formación.
  • Informe de integración social.

📌 Si presentas documentos de otros países, deben estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados según el país de origen.


🛠️ ¿Dónde y cómo se presenta?

  • Presencialmente, en la Oficina de Extranjería de la provincia donde resides.
  • Puedes presentar la solicitud hasta dos meses antes del inicio del plazo oficial de matrícula.

💰 Tasa y plazos

  • Tasa a pagar: Modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.1.
  • Plazo de resolución: 3 meses (si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo).
  • Si te conceden la autorización, tendrás un mes para pedir tu tarjeta de identidad de extranjero (TIE).
  • La vigencia inicial es de 1 año, y se puede prorrogar si se cumplen ciertos requisitos (seguir formándote o haber terminado y estar en búsqueda activa de empleo).

📞 ¿Necesitas ayuda?

En Orlando Ochoa Abogados te acompañamos durante todo el proceso: desde la revisión de los requisitos hasta la presentación de la solicitud. Si estás en proceso de formación y quieres regularizar tu situación, este trámite puede ser ideal para ti.

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