🎓 ¿Quieres venir a España para realizar una formación? Descubre cómo obtener la Autorización de Estancia de Larga Duración

Si estás pensando en venir a España para realizar una actividad formativa, ya sea como auxiliar de conversación, para aprender idiomas, preparar oposiciones sanitarias o cursar una formación profesional, existe una autorización específica que te permite permanecer en el país por más de 90 días de forma totalmente legal.

En este artículo te explicamos de forma clara todo lo que necesitas saber sobre la Autorización de estancia de larga duración para la realización de actividades formativas. 📚🇪🇸


✅ ¿Qué tipo de actividades formativas permite esta autorización?

Esta autorización no es un visado de estudios común. Está dirigida a personas extranjeras que quieren venir a España por un tiempo prolongado para:

  • 👩‍🏫 Trabajar como auxiliares de conversación en centros educativos.
  • 🗣️ Estudiar castellano o lenguas cooficiales (de forma presencial, en centros acreditados).
  • 🏥 Preparar oposiciones para acceder a la formación sanitaria especializada (MIR, EIR, FIR…).
  • 🧪 Realizar formaciones que otorguen habilitación profesional o certificación técnica.
  • 🎓 Estudiar para obtener certificados profesionales de formación profesional de grado C (niveles 2 y 3).

📜 Normativa que regula esta autorización

  • Directiva UE 2016/801 sobre entrada y residencia por motivos formativos.
  • Ley Orgánica 4/2000 (art. 25 bis, 30 y 33).
  • Real Decreto 1155/2024 (artículos 34 a 36 y 52 a 58).

📝 Requisitos generales

Para obtener esta autorización, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • No estar en situación irregular en España.
  • No tener prohibida la entrada a España ni al espacio Schengen.
  • No padecer enfermedades que representen un riesgo para la salud pública.
  • Disponer de medios económicos suficientes (mínimo 100% del IPREM mensual).
  • Tener un seguro de salud privado equivalente a la cobertura del sistema público.
  • Acreditar la admisión y el pago de matrícula en el curso correspondiente.
  • No tener antecedentes penales (si la estancia será superior a 6 meses).
  • En el caso de oposiciones sanitarias, contar con título español o extranjero homologado.

📂 ¿Qué documentación se exige?

Además del pasaporte en vigor, se solicitará:

  • Certificado médico.
  • Pruebas de medios económicos (pueden ser ayudas, becas, recursos propios o familiares).
  • Seguro médico.
  • Carta de admisión y justificante de pago de matrícula.
  • Certificado de antecedentes penales si la estancia es superior a seis meses.
  • Justificante del abono de la tasa correspondiente.

📌 Todos los documentos extranjeros deben estar legalizados y traducidos al castellano o lengua cooficial por un traductor jurado.


✈️ Procedimiento desde fuera de España

Si estás en tu país de origen, podrás solicitar el visado:

  • En el Consulado o Embajada de España correspondiente.
  • Con al menos 2 meses de antelación al inicio de la formación.
  • El visado debe recogerse en un máximo de 2 meses desde su concesión.
  • Si la estancia es mayor a 6 meses, deberás solicitar la TIE en España dentro del primer mes.

🇪🇸 Procedimiento desde España

Este procedimiento solo está habilitado si ya te encuentras legalmente en España y vas a realizar una formación profesional o técnica:

  • Se presenta en la Oficina de Extranjería de tu provincia o a través de la sede electrónica.
  • Debes hacerlo al menos 2 meses antes del inicio del curso.
  • Si se concede, su duración será igual a la duración del curso (máximo 1 año + 15 días).
  • También deberás tramitar la TIE si tu estancia supera los 6 meses.

🔁 ¿Se puede prorrogar esta autorización?

Sí, una única vez, si puedes demostrar la continuidad de la actividad formativa.

  • Debes presentar la solicitud entre los 2 meses previos y los 3 meses posteriores a la expiración.
  • Se tramita electrónicamente y se acompaña de toda la documentación actualizada.
  • La nueva autorización tendrá una duración igual a la actividad, con límite de 1 año.

📩 ¿Estás interesado en iniciar tu proceso o necesitas ayuda con la documentación?

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En Orlando Ochoa Abogados te acompañamos en todo el proceso, desde el análisis de tu caso hasta la obtención de tu autorización de estancia en España. ¡Confía en nuestra experiencia!

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EXCELENTE
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Willmer Barahona profile picture
Willmer Barahona
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Resolución Favorable, recomiendo al abogado Ochoa para cualquier trámite, te ayudan y te guían en el proceso. Contáctenlo.
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Liliana Perdomo profile picture
Liliana Perdomo
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Excelente experiencia con Ochoa Abogados, desde el primer momento me transmitieron mucha tranquilidad y confianza en un proceso que para mí era bastante importante y estresante. Me ayudaron en cada paso, resolvieron todas mis dudas con paciencia, claridad y mucha profesionalidad. Destaco sobre todo la cercanía y el trato humano que ofrecen, algo que hoy en día se valora muchísimo. Siempre estuvieron pendiente de mi expediente, informándome de cualquier novedad y asegurándose de que toda la documentación estuviera correctamente preparada. Gracias a su experiencia y dedicación, todo el proceso fue mucho más rápido y sencillo de lo que esperaba.
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Elisandro Dure profile picture
Elisandro Dure
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Tuve una experiencia excelente con Ochoa Abogados. Desde el primer momento demostraron gran profesionalidad, cercanía y un profundo conocimiento en temas de extranjería y nacionalidad. Todo el proceso fue claro, rápido y muy bien gestionado. Siempre estuvieron atentos a resolver mis dudas y me hicieron sentir acompañado en cada paso. Gracias a su dedicación y compromiso, obtuve resultados muy positivos. Sin duda, recomiendo este despacho a cualquier persona que busque abogados serios, eficaces y de confianza.
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Adriani Martinez
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Quiero recomendar al despacho Ochoa Abogados por el excelente trabajo realizado en mi trámite de residencia. Tomé contacto con ellos por recomendación de mi madre y mi hermana, quienes también tuvieron una buena experiencia. Desde el primer momento recibí una atención profesional, clara y cercana. Dejé encargado todo el proceso de residencia y, a día de hoy, ya tengo mi resolución favorable. Estoy muy agradecido por el acompañamiento y la gestión realizada durante todo el trámite. Sin duda, recomiendo sus servicios a quienes necesiten asesoría legal y gestión de extranjería.
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Ramona Alcaraz
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Quiero agradecer enormemente a Ochoa Abogados por el excelente trabajo y la profesionalidad con la que llevaron mi caso. Contacté con ellos por recomendación de una amiga, ya que mi trámite había sido presentado anteriormente por otro despacho y no estaba bien gestionado. Desde el primer momento hicieron un seguimiento completo de mi expediente, revisaron toda la documentación y volvieron a presentar todo correctamente. Gracias a su dedicación y experiencia, hoy ya cuento con una resolución favorable. Estoy muy agradecida por el trato recibido, la atención constante y la tranquilidad que me transmitieron durante todo el proceso. Sin duda, recomiendo Ochoa Abogados a cualquier persona que necesite profesionales serios y comprometidos.
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Nancy Yessenia Rivas Iraheta
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Me siento muy agradecida por un buen trabajo 👏 muchas gracias ☺️
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Mabriel Reyes Rivera
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Muy profesionales, un trabajo impecable y rápido
ASISTENCIA AL DETENIDO EN COMISARÍA Y JUZGADOS

URGENCIAS 24 HS.

Abogados con más de 20 años de experiencia en extranjería, gestionado con rapidez y eficacia miles de procedimientos de nacionalidad española, residencia española, residencia y trabajo, reagrupaciones, renovaciones, arraigos, tarjetas comunitarias y otras autorizaciones en toda España.

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En este artículo te explicamos de forma clara todo lo que necesitas saber sobre la Autorización de estancia de larga duración para la realización de actividades formativas. 📚🇪🇸


✅ ¿Qué tipo de actividades formativas permite esta autorización?

Esta autorización no es un visado de estudios común. Está dirigida a personas extranjeras que quieren venir a España por un tiempo prolongado para:

  • 👩‍🏫 Trabajar como auxiliares de conversación en centros educativos.
  • 🗣️ Estudiar castellano o lenguas cooficiales (de forma presencial, en centros acreditados).
  • 🏥 Preparar oposiciones para acceder a la formación sanitaria especializada (MIR, EIR, FIR…).
  • 🧪 Realizar formaciones que otorguen habilitación profesional o certificación técnica.
  • 🎓 Estudiar para obtener certificados profesionales de formación profesional de grado C (niveles 2 y 3).

📜 Normativa que regula esta autorización

  • Directiva UE 2016/801 sobre entrada y residencia por motivos formativos.
  • Ley Orgánica 4/2000 (art. 25 bis, 30 y 33).
  • Real Decreto 1155/2024 (artículos 34 a 36 y 52 a 58).

📝 Requisitos generales

Para obtener esta autorización, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • No estar en situación irregular en España.
  • No tener prohibida la entrada a España ni al espacio Schengen.
  • No padecer enfermedades que representen un riesgo para la salud pública.
  • Disponer de medios económicos suficientes (mínimo 100% del IPREM mensual).
  • Tener un seguro de salud privado equivalente a la cobertura del sistema público.
  • Acreditar la admisión y el pago de matrícula en el curso correspondiente.
  • No tener antecedentes penales (si la estancia será superior a 6 meses).
  • En el caso de oposiciones sanitarias, contar con título español o extranjero homologado.

📂 ¿Qué documentación se exige?

Además del pasaporte en vigor, se solicitará:

  • Certificado médico.
  • Pruebas de medios económicos (pueden ser ayudas, becas, recursos propios o familiares).
  • Seguro médico.
  • Carta de admisión y justificante de pago de matrícula.
  • Certificado de antecedentes penales si la estancia es superior a seis meses.
  • Justificante del abono de la tasa correspondiente.

📌 Todos los documentos extranjeros deben estar legalizados y traducidos al castellano o lengua cooficial por un traductor jurado.


✈️ Procedimiento desde fuera de España

Si estás en tu país de origen, podrás solicitar el visado:

  • En el Consulado o Embajada de España correspondiente.
  • Con al menos 2 meses de antelación al inicio de la formación.
  • El visado debe recogerse en un máximo de 2 meses desde su concesión.
  • Si la estancia es mayor a 6 meses, deberás solicitar la TIE en España dentro del primer mes.

🇪🇸 Procedimiento desde España

Este procedimiento solo está habilitado si ya te encuentras legalmente en España y vas a realizar una formación profesional o técnica:

  • Se presenta en la Oficina de Extranjería de tu provincia o a través de la sede electrónica.
  • Debes hacerlo al menos 2 meses antes del inicio del curso.
  • Si se concede, su duración será igual a la duración del curso (máximo 1 año + 15 días).
  • También deberás tramitar la TIE si tu estancia supera los 6 meses.

🔁 ¿Se puede prorrogar esta autorización?

Sí, una única vez, si puedes demostrar la continuidad de la actividad formativa.

  • Debes presentar la solicitud entre los 2 meses previos y los 3 meses posteriores a la expiración.
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  • La nueva autorización tendrá una duración igual a la actividad, con límite de 1 año.

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