AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR PRÁCTICAS NO LABORALES

Para un joven recién graduado o que esté a punto de culminar sus estudios superiores, ganar experiencia en su profesión resulta indispensable. Para contribuir con esto, la legislación prevé una autorización de estancia, destinada a los ciudadanos extranjeros interesados en realizar prácticas laborales en España.

Si este es su caso, continúe leyendo pues tendrá toda la información que necesita en el presente artículo.

¿Qué es la estancia por prácticas laborales?

Se trata de un permiso que habilita a un ciudadano extracomunitario a permanecer en territorio español, por un tiempo superior a 90 días. Esto, con el único o principal propósito de realizar prácticas no laborales, en un organismo o entidad sea este público o privado o en un centro de formación profesional que goce de reconocimiento oficial.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la estancia por prácticas no laborales?

Para poder tramitar este permiso, el ciudadano extranjero deberá ser extracomunitario. Es decir, esta autorización no la podrán solicitar los ciudadanos de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. Tampoco accederán a ella los familiares de estos ciudadanos, a quienes les sea aplicable el régimen de ciudadano de la Unión.

Asimismo, no podrá tener prohibición de entrada a España o a los países con los que exista firmado un convenio al respecto.

Medios económicos suficientes

Por otra parte, el solicitante deberá contar con suficientes medios económicos hacer frente a los gastos de estancia y retorno a su país. En caso de que lo acompañe su familia, estos medios deben ser suficientes para el núcleo familiar.

Tal como ocurre en otras autorizaciones de estancias, el parámetro para catalogar los recursos económicos del solicitante como suficientes, es que, mensualmente, cuente con el 100 % del IPREM. Si su familia lo acompaña, deberá agregar el 75% del IPREM mensual para un primer familiar, mientras que para el resto de los miembros, se necesitará el 50% del IPREM por cada uno.

También, será necesario contratar un seguro público o privado de enfermedad, con una aseguradora que opere en España.

Requisitos relacionados a las prácticas no laborales

Se debe aportar copia de un convenio firmado, ya sea con un organismo o entidad pública o privada, sobre la base del cual se realizarán las prácticas no laborales. De igual modo, se deberá demostrar la admisión del solicitante en una empresa pública o privada o centro de formación profesional con reconocimiento oficial, teniendo como base el convenio antes indicado.

Otros requisitos

Cuando el ciudadano extranjero sea un menor de edad, que realizará su estancia sin la compañía de sus padres o tutores, se deberá contar con una autorización especial, donde conste que la organización o entidad responsable de las prácticas asume la responsabilidad, así como el periodo de estancia previsto.

Adicionalmente, para los casos de estancias superiores a 6 meses, se solicitará certificado donde conste que el interesado carece de antecedentes penales, tanto en España como en sus países de residencia de los últimos 5 años. Asimismo, deberá presentar certificado médico donde conste que no padece de enfermedades que pueden tener repercusiones graves en la salud pública.

¿Cómo solicitar la estancia por prácticas no laborales?

Siempre que se reúnan los requisitos antes señalados, el procedimiento es sencillo. No obstante, si surge una duda al respecto, contáctenos y lo asesoraremos.

Así las cosas, el extranjero o sus padres o tutores en los casos de los menores de edad, deberán presentar la solicitud en la oficina consular española del país de residencia, a los fines de obtener el visado que le permitirá entrar a España.

Una vez presentada la solicitud, la autoridad tendrá un plazo máximo de resolución de un mes. Por su parte, el ciudadano extranjero solicitante, tendrá 2 meses después de la notificación, para retirar dicho visado.

En lo que se refiere a la duración de la estancia, es de indicar que ésta será igual al tiempo que duren las prácticas no laborales que se pretendan llevar a cabo, con el límite máximo de un año.

¿Pueden acompañarlo los familiares en su estancia por prácticas no laborales?

La respuesta es afirmativa, siempre que se trate del cónyuge o la pareja de hecho, de hijos menores de 18 años o que siendo mayores tengan alguna discapacidad que les impida satisfacer sus propias necesidades.

Esta autorización para familiar se presenta ante la oficina consular española del lugar de residencia del familiar, y se puede efectuar simultáneamente con la solicitud del interesado en la estancia por prácticas, o después mientras la autorización de estancia se mantenga vigente.

Además de contar con los medios económicos suficientes para el sustento del núcleo familiar, se deberá acreditar el vínculo familiar con el titular de la estancia por prácticas. En el supuesto de hijos mayores de 18 años, se deberá demostrar que no es objetivamente capaz de proveerse por sí mismo sus necesidades.

Este permiso, correrá la misma suerte que el del extranjero en estancia por prácticas no laborales. Asimismo, vale señalar que los familiares no podrán obtener autorización para trabajar.

¿Podría trabajar si cuenta con una estancia por prácticas no laborales?

Si cumple con los requisitos que a continuación señalaremos, el ciudadano extranjero con permiso de estancia por prácticas no laborales, podrá trabajar tanto por cuenta ajena como propia.

En este sentido, el trabajo debe ser compatible con las prácticas no laborales que realiza el extranjero. Y los ingresos derivados de este trabajo, no pueden constituirse en los recursos necesarios para su sustento.

Otro aspecto resaltante, es que el extranjero debe tener la capacitación, cualificación profesional o experiencia requerida para el ejercicio de la profesión o actividad.

Adicionalmente, el tiempo dedicado al trabajo debe ser parcial, pero en caso de jornada completa, solo podrá tener una duración de 3 meses y que no coincida con los períodos en los que realiza las prácticas.

Autorización para trabajar por cuenta ajena

El trámite de esta solicitud debe realizarlo la empresa para la cual trabajará. La misma debe encontrarse inscrita en el sistema de Seguridad Social y estar al corriente con sus obligaciones. Con respecto al contrato, éste deberá formalizarse por escrito.

Autorización para trabajar por cuenta propia

Para este caso, la actividad proyectada debe cumplir con los requisitos de ley para su apertura y funcionamiento.

Sumado a los requisitos previos, el extranjero debe contar con recursos económicos suficientes para su sustento y hacerle frente a los gastos derivados de la actividad proyectada.

Ante cualquier duda puede consultar con nuestro equipo de abogados expertos en el tema.

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