AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR SERVICIOS DE VOLUNTARIADO

Existen en España muchas organizaciones comprometidas con diversas causas, que requieren de personas que presten su tiempo, experiencia y trabajo, sin contraprestación económica alguna a cambio, para desarrollar una labor altruista.

Es decir, se necesitan voluntarios; por ello, si usted está interesado en ser parte de estos programas, pero es un ciudadano extracomunitario, deberá tramitar una autorización de estancia por servicios de voluntariado.

¿Qué es la estancia por servicios de voluntariado?

Lo primero que debemos dejar claro, es que todo ciudadano extranjero requiere contar con un permiso de las autoridades españolas para su ingreso y permanencia en el país. En tal sentido, la legislación prevé una autorización que habilita a un extranjero extracomunitario, a permanecer en territorio español por más de 90 días, con el objetivo de prestar servicios de voluntariado.

Es de destacar, que dichos servicios se deben enmarcar en un programa cuyos objetivos sean de interés general.

¿Cuáles son los requisitos para la estancia por voluntariado?

Ahora que conocemos de qué se trata esta autorización, es importante conocer si reúne las condiciones exigidas para solicitarla y ser voluntario en el programa de su interés. Así encontramos los siguientes requisitos:

Requisitos generales

Este permiso está dirigido a ciudadanos extranjeros extracomunitarios, es decir fuera de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. De igual manera, no podrán solicitarlo los familiares de estos ciudadanos a los que se les aplique el régimen de ciudadano de la Unión.

Por otra parte, el interesado en esta estancia no podrá tener prohibición de entrada país o al espacio territorial de países con los que exista un convenio al respecto.

También, deberá contratar un seguro privado de enfermedad, público o privado, con una aseguradora autorizada para operar en España.

Requisitos relacionados con el servicio de voluntariado

Será fundamental que presente un convenio firmado con la organización que desarrolla el programa de voluntariado. Este documento deberá incluir detalle de las actividades, horarios, así como, los recursos destinados al viaje, manutención y alojamiento.

En este orden de ideas, la organización debe suscribir un seguro de responsabilidad por sus actividades.

Medios económicos

Asimismo, al igual que ocurre con otro tipo de estancias, el solicitante deberá tener medios económicos capaces de cubrir los gastos de estancia y retorno a su país. Para ello, deberá demostrar que cuenta, mensualmente, con el 100 % del IPREM.

Requisitos para los familiares del solicitante

Relacionado con lo anterior, es oportuno señalar que los familiares (cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 18 años y los mayores con incapacidad de sostenerse por sí mismos) podrán acompañar al ciudadano extranjero durante su estancia en España. Para ello, deberá demostrar que cuenta con medios económicos para el sostenimiento del núcleo familiar. Debiendo contar adicionalmente con el 75% del IPREM mensual, para un primer familiar, más el 50% del IPREM mensual, por cada miembro restante.

Ahora bien, es de tener en cuenta que no será necesario este cálculo, cuando el solicitante acredite tener abonado el alojamiento durante la estancia.

Esta solicitud familiar, puede efectuarse simultáneamente con la del voluntario, o posteriormente, dentro del periodo de vigencia de la autorización de estancia.

Además de los medios económicos, se deberá acreditar el vínculo y, en el caso de los hijos mayores de 18 años, se deberá presentar la documentación que acredite su condición de no ser objetivamente capaces.

Sobre este particular, es importante mencionar que la autorización de los familiares implica que los mismos podrán permanecer en España por el mismo tiempo y en la misma situación que el voluntario. Y finalmente, los familiares del voluntario no obtendrán, autorización para trabajar.

Otros requisitos

Si el ciudadano extranjero interesado en prestar servicios de voluntariado, fuese un menor de edad, cuya estancia llevará a cabo sin sus padres o tutores, deberá constar autorización de los mismos, con mención del centro responsable de la actividad y del periodo de estancia.

En el supuesto de que la estancia supere los 6 meses, se exige:

– Constancia que evidencie que el interesado carece de antecedentes penales tanto en España, como en los países de residencia anteriores.

– Certificado médico donde se indique que no padece ninguna enfermedad con repercusiones de salud pública graves.

¿Cómo solicitar la estancia por voluntariado?

El procedimiento es muy sencillo, bastará con dirigirse a la oficina consular española de su país de residencia actual, con toda la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y el formulario modelo debidamente cumplimentado y firmado.

En un plazo máximo de un mes, se le debe notificar la resolución. En caso de ser concedido el visado, tendrá 2 meses desde la notificación para retirarlo.

En lo que a duración de la estancia se refiere, debe saber que se encuentra sujeto al tiempo de los servicios de voluntariado a ser realizados, teniendo como límite máximo un año.

¿Es posible trabajar con una estancia por voluntariado?

Si cumple con los requisitos que a continuación indicaremos, el ciudadano extranjero con permiso de estancia por voluntariado, podrá trabajar tanto por cuenta ajena como propia.

De este modo encontramos que, el trabajo debe ser compatible con las actividades de voluntariado que realiza el extranjero. Además, los ingresos generados por este trabajo, no podrán ser los recursos necesarios para su sustento.

Por su parte, se debe agregar que el extranjero debe tener la capacitación, cualificación profesional o experiencia requerida para el ejercicio de la profesión o actividad.

Otro requisito destacado es que el tiempo dedicado al trabajo debe ser parcial, pero en caso de jornada completa, solo podrá tener una duración de 3 meses, sin que tal lapso coincida con los períodos en los que realiza el voluntariado.

Autorización para trabajar por cuenta ajena

Esta solicitud debe realizarla la empresa para la cual trabajará, debidamente inscrita en el sistema de Seguridad Social y al corriente con sus obligaciones. Ahora bien, en todo caso, el contrato deberá formalizarse por escrito.

Autorización para trabajar por cuenta propia

En estos supuestos se exige que la actividad proyectada cumpla con los requisitos de ley para su apertura y funcionamiento. Mientras que el extranjero, debe contar con recursos económicos suficientes para su sustento y los gastos derivados de la actividad proyectada.

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Existen en España muchas organizaciones comprometidas con diversas causas, que requieren de personas que presten su tiempo, experiencia y trabajo, sin contraprestación económica alguna a cambio, para desarrollar una labor altruista.

Es decir, se necesitan voluntarios; por ello, si usted está interesado en ser parte de estos programas, pero es un ciudadano extracomunitario, deberá tramitar una autorización de estancia por servicios de voluntariado.

¿Qué es la estancia por servicios de voluntariado?

Lo primero que debemos dejar claro, es que todo ciudadano extranjero requiere contar con un permiso de las autoridades españolas para su ingreso y permanencia en el país. En tal sentido, la legislación prevé una autorización que habilita a un extranjero extracomunitario, a permanecer en territorio español por más de 90 días, con el objetivo de prestar servicios de voluntariado.

Es de destacar, que dichos servicios se deben enmarcar en un programa cuyos objetivos sean de interés general.

¿Cuáles son los requisitos para la estancia por voluntariado?

Ahora que conocemos de qué se trata esta autorización, es importante conocer si reúne las condiciones exigidas para solicitarla y ser voluntario en el programa de su interés. Así encontramos los siguientes requisitos:

Requisitos generales

Este permiso está dirigido a ciudadanos extranjeros extracomunitarios, es decir fuera de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza. De igual manera, no podrán solicitarlo los familiares de estos ciudadanos a los que se les aplique el régimen de ciudadano de la Unión.

Por otra parte, el interesado en esta estancia no podrá tener prohibición de entrada país o al espacio territorial de países con los que exista un convenio al respecto.

También, deberá contratar un seguro privado de enfermedad, público o privado, con una aseguradora autorizada para operar en España.

Requisitos relacionados con el servicio de voluntariado

Será fundamental que presente un convenio firmado con la organización que desarrolla el programa de voluntariado. Este documento deberá incluir detalle de las actividades, horarios, así como, los recursos destinados al viaje, manutención y alojamiento.

En este orden de ideas, la organización debe suscribir un seguro de responsabilidad por sus actividades.

Medios económicos

Asimismo, al igual que ocurre con otro tipo de estancias, el solicitante deberá tener medios económicos capaces de cubrir los gastos de estancia y retorno a su país. Para ello, deberá demostrar que cuenta, mensualmente, con el 100 % del IPREM.

Requisitos para los familiares del solicitante

Relacionado con lo anterior, es oportuno señalar que los familiares (cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 18 años y los mayores con incapacidad de sostenerse por sí mismos) podrán acompañar al ciudadano extranjero durante su estancia en España. Para ello, deberá demostrar que cuenta con medios económicos para el sostenimiento del núcleo familiar. Debiendo contar adicionalmente con el 75% del IPREM mensual, para un primer familiar, más el 50% del IPREM mensual, por cada miembro restante.

Ahora bien, es de tener en cuenta que no será necesario este cálculo, cuando el solicitante acredite tener abonado el alojamiento durante la estancia.

Esta solicitud familiar, puede efectuarse simultáneamente con la del voluntario, o posteriormente, dentro del periodo de vigencia de la autorización de estancia.

Además de los medios económicos, se deberá acreditar el vínculo y, en el caso de los hijos mayores de 18 años, se deberá presentar la documentación que acredite su condición de no ser objetivamente capaces.

Sobre este particular, es importante mencionar que la autorización de los familiares implica que los mismos podrán permanecer en España por el mismo tiempo y en la misma situación que el voluntario. Y finalmente, los familiares del voluntario no obtendrán, autorización para trabajar.

Otros requisitos

Si el ciudadano extranjero interesado en prestar servicios de voluntariado, fuese un menor de edad, cuya estancia llevará a cabo sin sus padres o tutores, deberá constar autorización de los mismos, con mención del centro responsable de la actividad y del periodo de estancia.

En el supuesto de que la estancia supere los 6 meses, se exige:

– Constancia que evidencie que el interesado carece de antecedentes penales tanto en España, como en los países de residencia anteriores.

– Certificado médico donde se indique que no padece ninguna enfermedad con repercusiones de salud pública graves.

¿Cómo solicitar la estancia por voluntariado?

El procedimiento es muy sencillo, bastará con dirigirse a la oficina consular española de su país de residencia actual, con toda la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos y el formulario modelo debidamente cumplimentado y firmado.

En un plazo máximo de un mes, se le debe notificar la resolución. En caso de ser concedido el visado, tendrá 2 meses desde la notificación para retirarlo.

En lo que a duración de la estancia se refiere, debe saber que se encuentra sujeto al tiempo de los servicios de voluntariado a ser realizados, teniendo como límite máximo un año.

¿Es posible trabajar con una estancia por voluntariado?

Si cumple con los requisitos que a continuación indicaremos, el ciudadano extranjero con permiso de estancia por voluntariado, podrá trabajar tanto por cuenta ajena como propia.

De este modo encontramos que, el trabajo debe ser compatible con las actividades de voluntariado que realiza el extranjero. Además, los ingresos generados por este trabajo, no podrán ser los recursos necesarios para su sustento.

Por su parte, se debe agregar que el extranjero debe tener la capacitación, cualificación profesional o experiencia requerida para el ejercicio de la profesión o actividad.

Otro requisito destacado es que el tiempo dedicado al trabajo debe ser parcial, pero en caso de jornada completa, solo podrá tener una duración de 3 meses, sin que tal lapso coincida con los períodos en los que realiza el voluntariado.

Autorización para trabajar por cuenta ajena

Esta solicitud debe realizarla la empresa para la cual trabajará, debidamente inscrita en el sistema de Seguridad Social y al corriente con sus obligaciones. Ahora bien, en todo caso, el contrato deberá formalizarse por escrito.

Autorización para trabajar por cuenta propia

En estos supuestos se exige que la actividad proyectada cumpla con los requisitos de ley para su apertura y funcionamiento. Mientras que el extranjero, debe contar con recursos económicos suficientes para su sustento y los gastos derivados de la actividad proyectada.

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