España abre sus puertas a personas extranjeras que desean contribuir a causas solidarias y sin ánimo de lucro. Si quieres formar parte de un programa de voluntariado de larga duración, existe una autorización que te permite permanecer legalmente en el país durante el tiempo que dure tu participación. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber. 🌍💙
🙌 ¿Qué permite esta autorización?
Esta autorización te permite permanecer en España por más de 90 días para colaborar en un programa de voluntariado sin ánimo de lucro, ya sea en una ONG u otra entidad inscrita legalmente, incluyendo programas europeos como el Cuerpo Europeo de Solidaridad.
Importante: las actividades no son remuneradas, aunque pueden incluir el reembolso de gastos o una asignación económica mínima (dinero de bolsillo).
📚 Marco legal que lo regula
- Directiva UE 2016/801 sobre residencia con fines educativos y de voluntariado.
- Ley Orgánica 4/2000, de derechos de los extranjeros en España.
- Real Decreto 1155/2024, que desarrolla dicha ley en el ámbito del voluntariado.
✅ Requisitos principales
Para acceder a esta autorización deberás cumplir con lo siguiente:
- No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
- No estar en situación irregular en España.
- No tener prohibida la entrada a España o al espacio Schengen.
- No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o salud.
- Contar con seguro médico privado válido en España.
- Tener medios económicos suficientes para la estancia y el regreso.
- No tener antecedentes penales si la estancia será mayor a 6 meses.
- Haber sido admitido en un programa de voluntariado mediante convenio firmado.
- La entidad organizadora debe estar registrada oficialmente según normativa estatal, autonómica o europea.
- Abonar la tasa correspondiente por la tramitación.
📌 El convenio debe incluir: duración, funciones, supervisión, condiciones, alojamiento, manutención, dinero de bolsillo y formación, si aplica.
📂 Documentación exigida
- Solicitud en modelo oficial (EX-00), firmada por la persona o su representante legal.
- Pasaporte válido (mínimo un año).
- Pruebas de medios económicos y seguro médico.
- Certificado médico.
- Certificado de antecedentes penales (si aplica).
- Autorización de padres o tutores, si es menor de edad.
- Convenio firmado con la entidad de voluntariado.
- Justificante del pago de la tasa.
📝 Todos los documentos deben estar traducidos al castellano por traductor jurado y legalizados o apostillados si provienen del extranjero.
✈️ ¿Cómo se realiza el procedimiento?
- ¿Quién puede presentar la solicitud? La persona extranjera o su representante. Si es menor, sus padres o tutores.
- ¿Dónde? En el Consulado o Embajada de España en el país de residencia.
- ¿Cuándo? Lo antes posible. El plazo de resolución es de un mes.
📬 El visado debe recogerse en un máximo de 2 meses tras su concesión. De lo contrario, se entiende que se ha renunciado.
📅 La duración de la autorización será igual a la del programa, con un máximo de un año.
🪪 Si la estancia será mayor de seis meses, deberás solicitar la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) en la Policía dentro del primer mes desde tu llegada a España.
¿Estás listo para vivir una experiencia transformadora como voluntario en España?
📩 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
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En Orlando Ochoa Abogados te acompañamos en cada paso para que tu estancia en España sea legal, segura y enriquecedora. ¡Da el primer paso hacia tu experiencia de voluntariado! 💪🌟
