¿Qué es la Autorización de Residencia Independiente de Familiares Reagrupados y Cómo Solicitarla?

¿Sabías que si tienes una residencia por reagrupación familiar puedes obtener tu propia autorización de residencia y trabajo en España, sin depender del familiar que te reagrupó? Esta figura legal te permite avanzar hacia una mayor independencia y estabilidad. En Orlando Ochoa Abogados, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este trámite actualizado a mayo de 2025.


¿En qué consiste esta autorización?

Es un permiso que permite a las personas extranjeras reagrupadas obtener una residencia y trabajo por cuenta propia o ajena sin depender del reagrupante. Esta autorización te otorga plena autonomía legal y profesional en España.


¿Quiénes pueden solicitarla?

🔹 Cónyuges o parejas reagrupadas que lleven al menos 1 año de residencia por reagrupación y cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Tienen medios económicos propios suficientes.
  • Cumplen los requisitos para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia.

🔹 Personas en situaciones especiales:

  • Separación, divorcio o nulidad matrimonial (con al menos 3 años de vínculo y 1 año de convivencia en España, o custodia de hijos).
  • Víctimas de violencia de género, sexual, trata, o abandono familiar (con orden de protección o informe del Ministerio Fiscal).
  • Fallecimiento del reagrupante (debe solicitarse en un plazo de 6 meses).

🔹 Hijos o representados al alcanzar la mayoría de edad, si:

  • Han residido en España al menos 5 años, o
  • Cumplen requisitos para trabajar o para obtener residencia no lucrativa (400% del IPREM).

🔹 Ascendientes que puedan modificar su autorización a residencia y trabajo por cuenta propia, ajena o como profesional altamente cualificado.


Requisitos generales

✅ No ser ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza.
✅ Ser titular de residencia temporal por reagrupación familiar.
✅ No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
✅ Presentar la documentación específica según el supuesto.
✅ Pagar la tasa correspondiente al trámite.


Documentación necesaria

📄 Formulario oficial EX–02.
📄 Pasaporte completo y en vigor.
📄 Documentación que respalde tu situación:

  • Separación o divorcio: certificado de nulidad o cancelación de pareja registrada.
  • Violencia de género o delitos en el entorno familiar: orden judicial o informe del Ministerio Fiscal.
  • Fallecimiento del reagrupante: certificado de defunción.
  • Medios económicos: contrato de trabajo o acreditación del 400% del IPREM.
  • En caso de hijos o representados: si han residido cinco años, se verifica de oficio.

🔁 Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados, salvo convenios aplicables.


¿Dónde se presenta y cómo?

📍 Lugar de presentación:

  • En persona: Oficina de Extranjería de la provincia donde resides.
  • En caso de ascendientes: en la provincia donde se realizará la actividad laboral.

📆 Plazo: dentro de los 6 meses siguientes a:

  • La notificación de la separación, violencia o fallecimiento.
  • O en el momento de la renovación de tu actual autorización.

💰 Tasas:

  • Modelo 790, código 052, epígrafe 2.2.5.
  • En el caso de ascendientes, la tasa depende del tipo de autorización solicitada.

¿Qué duración tiene?

Dependerá del caso:

  • En la mayoría de los casos: 4 años si se concede junto con la renovación.
  • Por fallecimiento o violencia: 5 años, con autorización incondicionada para residir y trabajar.

Además, si obtienes esta autorización puedes reagrupar a tu propia familia, siempre que cumplas los requisitos legales. En el caso de querer reagrupar ascendientes, necesitarás tener residencia de larga duración, salvo excepciones por razones familiares.


Conclusión: Tu independencia legal y profesional está a un paso

La autorización de residencia independiente es un paso crucial para quienes buscan seguridad, autonomía y nuevas oportunidades en España. Si estás en una situación que encaja en alguno de los supuestos mencionados, no dudes en dar este paso.

En Orlando Ochoa Abogados te ayudamos a preparar y presentar tu solicitud con todas las garantías. Estamos contigo en cada etapa del proceso.

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👉 orlandoochoaabogados.com

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¿En qué consiste esta autorización?

Es un permiso que permite a las personas extranjeras reagrupadas obtener una residencia y trabajo por cuenta propia o ajena sin depender del reagrupante. Esta autorización te otorga plena autonomía legal y profesional en España.


¿Quiénes pueden solicitarla?

🔹 Cónyuges o parejas reagrupadas que lleven al menos 1 año de residencia por reagrupación y cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Tienen medios económicos propios suficientes.
  • Cumplen los requisitos para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia.

🔹 Personas en situaciones especiales:

  • Separación, divorcio o nulidad matrimonial (con al menos 3 años de vínculo y 1 año de convivencia en España, o custodia de hijos).
  • Víctimas de violencia de género, sexual, trata, o abandono familiar (con orden de protección o informe del Ministerio Fiscal).
  • Fallecimiento del reagrupante (debe solicitarse en un plazo de 6 meses).

🔹 Hijos o representados al alcanzar la mayoría de edad, si:

  • Han residido en España al menos 5 años, o
  • Cumplen requisitos para trabajar o para obtener residencia no lucrativa (400% del IPREM).

🔹 Ascendientes que puedan modificar su autorización a residencia y trabajo por cuenta propia, ajena o como profesional altamente cualificado.


Requisitos generales

✅ No ser ciudadano de la UE, del EEE ni de Suiza.
✅ Ser titular de residencia temporal por reagrupación familiar.
✅ No representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública.
✅ Presentar la documentación específica según el supuesto.
✅ Pagar la tasa correspondiente al trámite.


Documentación necesaria

📄 Formulario oficial EX–02.
📄 Pasaporte completo y en vigor.
📄 Documentación que respalde tu situación:

  • Separación o divorcio: certificado de nulidad o cancelación de pareja registrada.
  • Violencia de género o delitos en el entorno familiar: orden judicial o informe del Ministerio Fiscal.
  • Fallecimiento del reagrupante: certificado de defunción.
  • Medios económicos: contrato de trabajo o acreditación del 400% del IPREM.
  • En caso de hijos o representados: si han residido cinco años, se verifica de oficio.

🔁 Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados, salvo convenios aplicables.


¿Dónde se presenta y cómo?

📍 Lugar de presentación:

  • En persona: Oficina de Extranjería de la provincia donde resides.
  • En caso de ascendientes: en la provincia donde se realizará la actividad laboral.

📆 Plazo: dentro de los 6 meses siguientes a:

  • La notificación de la separación, violencia o fallecimiento.
  • O en el momento de la renovación de tu actual autorización.

💰 Tasas:

  • Modelo 790, código 052, epígrafe 2.2.5.
  • En el caso de ascendientes, la tasa depende del tipo de autorización solicitada.

¿Qué duración tiene?

Dependerá del caso:

  • En la mayoría de los casos: 4 años si se concede junto con la renovación.
  • Por fallecimiento o violencia: 5 años, con autorización incondicionada para residir y trabajar.

Además, si obtienes esta autorización puedes reagrupar a tu propia familia, siempre que cumplas los requisitos legales. En el caso de querer reagrupar ascendientes, necesitarás tener residencia de larga duración, salvo excepciones por razones familiares.


Conclusión: Tu independencia legal y profesional está a un paso

La autorización de residencia independiente es un paso crucial para quienes buscan seguridad, autonomía y nuevas oportunidades en España. Si estás en una situación que encaja en alguno de los supuestos mencionados, no dudes en dar este paso.

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