PERMISO DE RESIDENCIA Y/O TRABAJO POR CUENTA AJENA O PROPIA PARA MENORES EXTRANJEROS QUE ACCEDEN A LA MAYORÍA DE EDAD, NO POSEAN PERMISO PARA RESIDIR Y HAN ESTADO BAJO CUSTODIA DE UN SERVICIO DE PROTECCIÓN SOCIAL

Este tipo de autorización se otorga a menores de edad extranjeros que hayan estado bajo protección del Estado. Se asume el hecho de que se produjeron inconvenientes de fuerza mayor que han impedido otorgarle la residencia al adolescente. Debido a esto y motivado a que el menor pronto alcanzará la mayoría de edad, se crea un mecanismo extraordinario procesal.

Por su parte, tal mecanismo se enfoca hacia la posibilidad de otorgarle la autorización de residencia y trabajo. En el presente artículo se expondrá toda la información necesaria para que el adolescente, próximamente adulto, pueda acceder a estos beneficios.

Leyes que amparan a los menores extranjeros

Debido a que se trata de adolescentes, se hace necesario contar con un marco legal para garantizar la protección y bienestar de los menores. En tal sentido, la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero aclara cuales son los derechos y libertades de los extranjeros. Esto se explica detalladamente en el artículo 35.

Asimismo existe el Reglamento de esta Ley, aprobado por Decreto Real, siendo el 557/2000 de 20 de abril. En el artículo 198 se expone la creación de condiciones favorables para residencia y trabajo de los extranjeros en España.

Requisitos para acceder al permiso de residencia y trabajo

En primer lugar es necesario aclarar que no serán elegibles los ciudadanos suizos ni aquellos que pertenezcan al espacio de la Unión Europea. Tampoco se otorgará autorizaciones a quienes tengan familiares que pertenezcan a algún país de la Unión.

En segundo lugar, es necesario presentar constancias de haber cumplido las normas durante su permanencia en el servicio de protección que lo acoge. Asimismo se exigirán constancias de haber participado en actividades que favorecen su integración social.

Para continuar, es importante demostrar que posee los medios económicos suficientes para solventar su estadía. Esta cantidad debe ser la necesaria para cubrir el 100% del IPREM. Para ello será necesario presentar contratos de trabajo válidos. En tal sentido el solicitante debe demostrar que cuenta con la capacitación necesaria para realizar la actividad descrita en el contrato. Por su parte, la empresa contratante tiene la responsabilidad de demostrar solvencia económica para asumir la responsabilidad de un empleado.

En el caso de que se desee realizar una actividad por cuenta propia, adicionalmente se deberá demostrar la legalidad de la empresa. También tendrá que demostrar que tiene los medios necesarios para solventar la inversión que desea. De la misma manera se le solicitará que demuestre solvencia económica para permanecer en España durante el tiempo que dure la autorización de residencia.

Documentación exigible para acceder a las autorizaciones de residencia y trabajo

Para comenzar es importante recordar que todos los documentos se presentan por duplicado y con vista a los originales. Seguidamente será solicitada la copia completa de pasaporte o título de viaje vigente. También se presentará el documento acreditativo de la tutela entre el menor y el servicio de protección. Además es muy relevante presentar la concesión para la autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

En este sentido se podrá solicitar autorización para trabajar por cuenta ajena. Para ello se requiere demostrar la documentación que identifica a la empresa como por ejemplo el NIF o NIE. Sí se trata de una persona jurídica también deberá presentar la escritura de constitución legalizada. De igual manera se debe firmar un compromiso de poseer el alta de la Seguridad Social.

Por otra, parte sí se solicita permiso de trabajo por cuenta propia se exigirán los justificantes de pagos de tributos. También se exigirán las autorizaciones o licencias para la apretura de la actividad proyectada. Unido a esto, deben presentarse copias de documentos que demuestren poseer capacitación profesional para realizar el ejercicio comercial que propone.

Siguiendo esta línea también se exigirá la copia del proyecto de trabajo en el que se detalle la inversión prevista. De igual modo debe describir los puestos de trabajo que se planean ofrecer y la rentabilidad esperada. El proyecto mencionado debe estar debidamente legalizado en una autoridad designada para ello.

Pasos a seguir para completar la solicitud

Para comenzar, es necesario acudir personalmente a realizar los trámites requeridos. El lugar para hacerlo será La Oficina de Extranjería correspondiente a la provincia donde se residirá. Hay que tomar en cuenta que dicha solicitud debe hacerse dentro de los sesenta días anteriores a que el menor acceda a la mayoría de edad. En su defecto, se cuenta con noventa días posteriores a la fecha de que se hayan cumplido los dieciocho años.

El día de presentarse para realizar el trámite es necesario llevar el formulario 790, código 052, epígrafe 2.5. Se debe prestar particular atención a que el título diga “Autorización de residencia por circunstancias excepcionales”.

Tomando en cuenta lo anterior, al momento de realizar la solicitud se abona una tasa por la misma. Se cuenta con diez días hábiles para realizar el pago.

De igual manera, es recomendable presentar diferentes informes, ya que los mismos se tomarán en cuenta al momento de valorar el expediente. Estos, deben referirse al comportamiento adecuado del menor.

Plazos de respuesta a la solicitud

La respuesta se obtendrá en un plazo máximo de tres meses. Sí transcurrido ese tiempo no se ha obtenido contestación, la misma se asume como negada por silencio administrativo. De ser afirmativa la respuesta, el solicitante acudirá a La Oficina de Extranjería de su provincia. Allí se le pedirá su tarjeta de presentación de extranjero en modelo EX-17.

También tendrá que mostrar el justificante de abono de la tasa. A esto se le anexan tres fotografías tamaño carnet, tomadas de frente y con fondo blanco.

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ERIKA BECERRA
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