🛂 Residencia por interés público o colaboración con la Administración Laboral: una vía legal para regularizar tu situación en España

¿Has trabajado en España sin papeles durante al menos seis meses? ¿Has colaborado con una autoridad pública o existe un motivo de interés público que justifique tu permanencia en el país? Entonces esta autorización puede ser para ti. Te explicamos en qué consiste la residencia temporal por circunstancias excepcionales y cómo puedes solicitarla paso a paso.


🔍 ¿Qué es esta autorización?

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, concedida a personas extranjeras que:

  • Colaboran con autoridades administrativas (por ejemplo, Inspección de Trabajo), o
  • Pueden justificar razones de interés público para permanecer en España.

Tiene una duración de un año y puede incluir, si se solicita, una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia.


📜 Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000, artículo 31.3
  • Real Decreto 1155/2024, artículos 129 a 131

✅ Requisitos generales

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza, ni familiar de estos.
  • No tener antecedentes penales en los últimos cinco años.
  • No estar sujeto a un compromiso de no retorno.
  • No figurar como rechazable en convenios internacionales.
  • Justificar razones de interés público o acreditar haber trabajado en situación irregular durante al menos 6 meses en el último año.

📄 Documentación necesaria

  • Formulario EX-10 firmado.
  • Copia completa del pasaporte vigente.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de residencia de los últimos cinco años.
  • Informe de la autoridad que acredite el interés público (si aplica).
  • En caso de colaboración laboral: prueba ante la Inspección de Trabajo de haber trabajado sin contrato.
  • Traducción jurada y legalización o apostilla de los documentos extranjeros.

📝 Procedimiento

  • Puede iniciarlo el propio solicitante o de oficio la administración laboral.
  • Se presenta en la Oficina de Extranjería o electrónicamente en el REGAGE.
  • Debes abonar la tasa modelo 790 código 052, epígrafe 2.3.2.a.
  • El plazo de resolución es de 3 meses. Si no hay respuesta, se entiende denegado por silencio administrativo.

🛠 ¿Puedo trabajar con esta residencia?

Sí. Si la solicitud se concede por colaboración con la administración laboral, se incluye directamente la autorización para trabajar por cuenta ajena y propia.
Si se concede por interés público, puedes solicitar una autorización de trabajo simultáneamente o durante el año de vigencia.


🔧 Trabajo por cuenta ajena: requisitos

  • Formulario EX-03
  • Pasaporte vigente (mínimo 4 meses)
  • Contrato de trabajo con condiciones adecuadas
  • Documentación del empleador (identificación y medios económicos)

💸 Tasa: Modelo 790 código 062 (a cargo del empleador)


💼 Trabajo por cuenta propia: requisitos

  • Formulario EX-07
  • Pasaporte vigente
  • Plan de negocio y licencias necesarias
  • Títulos o cualificación profesional
  • Justificante de inversión y, si aplica, creación de empleo

💸 Tasa: Modelo 790 código 062 (a cargo del solicitante)


🪪 ¿Y después?

Una vez concedida la residencia:

  1. Debes solicitar tu TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en un plazo de 30 días.
  2. Al finalizar el año de vigencia, puedes solicitar una residencia o residencia y trabajo ordinaria si cumples los requisitos.

📍¿Quieres regularizar tu situación a través de esta vía?

En Orlando Ochoa Abogados te ayudamos a presentar tu solicitud correctamente, reunir la documentación adecuada y acompañarte en cada paso del proceso.

📩 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
📲 O mándanos un WhatsApp al (+34) 660 785 376
Tu futuro legal en España puede comenzar hoy.

Llámanos en cualquier momento

930 232 886

Agenda una cita con nosotros

Agenda una cita con nosotros

Nuestros clientes

ASISTENCIA AL DETENIDO EN COMISARÍA Y JUZGADOS

URGENCIAS 24 HS.

Abogados con más de 20 años de experiencia en extranjería, gestionado con rapidez y eficacia miles de procedimientos de nacionalidad española, residencia española, residencia y trabajo, reagrupaciones, renovaciones, arraigos, tarjetas comunitarias y otras autorizaciones en toda España.

¿Has trabajado en España sin papeles durante al menos seis meses? ¿Has colaborado con una autoridad pública o existe un motivo de interés público que justifique tu permanencia en el país? Entonces esta autorización puede ser para ti. Te explicamos en qué consiste la residencia temporal por circunstancias excepcionales y cómo puedes solicitarla paso a paso.


🔍 ¿Qué es esta autorización?

Se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, concedida a personas extranjeras que:

  • Colaboran con autoridades administrativas (por ejemplo, Inspección de Trabajo), o
  • Pueden justificar razones de interés público para permanecer en España.

Tiene una duración de un año y puede incluir, si se solicita, una autorización de trabajo por cuenta ajena o propia.


📜 Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000, artículo 31.3
  • Real Decreto 1155/2024, artículos 129 a 131

✅ Requisitos generales

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza, ni familiar de estos.
  • No tener antecedentes penales en los últimos cinco años.
  • No estar sujeto a un compromiso de no retorno.
  • No figurar como rechazable en convenios internacionales.
  • Justificar razones de interés público o acreditar haber trabajado en situación irregular durante al menos 6 meses en el último año.

📄 Documentación necesaria

  • Formulario EX-10 firmado.
  • Copia completa del pasaporte vigente.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y de residencia de los últimos cinco años.
  • Informe de la autoridad que acredite el interés público (si aplica).
  • En caso de colaboración laboral: prueba ante la Inspección de Trabajo de haber trabajado sin contrato.
  • Traducción jurada y legalización o apostilla de los documentos extranjeros.

📝 Procedimiento

  • Puede iniciarlo el propio solicitante o de oficio la administración laboral.
  • Se presenta en la Oficina de Extranjería o electrónicamente en el REGAGE.
  • Debes abonar la tasa modelo 790 código 052, epígrafe 2.3.2.a.
  • El plazo de resolución es de 3 meses. Si no hay respuesta, se entiende denegado por silencio administrativo.

🛠 ¿Puedo trabajar con esta residencia?

Sí. Si la solicitud se concede por colaboración con la administración laboral, se incluye directamente la autorización para trabajar por cuenta ajena y propia.
Si se concede por interés público, puedes solicitar una autorización de trabajo simultáneamente o durante el año de vigencia.


🔧 Trabajo por cuenta ajena: requisitos

  • Formulario EX-03
  • Pasaporte vigente (mínimo 4 meses)
  • Contrato de trabajo con condiciones adecuadas
  • Documentación del empleador (identificación y medios económicos)

💸 Tasa: Modelo 790 código 062 (a cargo del empleador)


💼 Trabajo por cuenta propia: requisitos

  • Formulario EX-07
  • Pasaporte vigente
  • Plan de negocio y licencias necesarias
  • Títulos o cualificación profesional
  • Justificante de inversión y, si aplica, creación de empleo

💸 Tasa: Modelo 790 código 062 (a cargo del solicitante)


🪪 ¿Y después?

Una vez concedida la residencia:

  1. Debes solicitar tu TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en un plazo de 30 días.
  2. Al finalizar el año de vigencia, puedes solicitar una residencia o residencia y trabajo ordinaria si cumples los requisitos.

📍¿Quieres regularizar tu situación a través de esta vía?

En Orlando Ochoa Abogados te ayudamos a presentar tu solicitud correctamente, reunir la documentación adecuada y acompañarte en cada paso del proceso.

📩 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
📲 O mándanos un WhatsApp al (+34) 660 785 376
Tu futuro legal en España puede comenzar hoy.