La reivindicación de los derechos de la mujer y la tutela su condición se extiende al campo de la residencia y a los trámites inherentes a su obtención. Es así como existe un tipo de residencia especial que pueden solicitar aquellas mujeres extranjeras que sean víctimas de violencia de género y que permanezcan en el territorio en condición irregular.
De igual manera, este tipo de solicitud es extensible a los hijos de estas mujeres, menores de edad o con discapacidad, que igualmente permanezcan en España al momento de la denuncia. Veamos con detalle cómo funciona esta solicitud.
¿En qué consiste esta autorización?
Se trata de un tipo de residencia especial que incluso permite el trabajo, para aquellas mujeres extranjeras en situación irregular y que han sido víctimas de abusos, atropellos o violencia de género en general.
Requisitos que deben reunir las mujeres optantes de esta residencia
Los requisitos básicos o generales para esta solicitud son los siguientes:
– La solicitante no debe ser ciudadana de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de los estados pertenecientes a los espacios antes mencionados.
– Denuncia de haber sufrido algún tipo de violencia de género, con las pruebas que demuestren el hecho, entre las cuales destacan:
– Orden de protección, que viene a ser aquella dictada por los órganos judiciales en favor de la denunciante y que buscan proteger su integridad frente a futuros ataques.
– Informe del Ministerio Fiscal. Es de recordar que el Ministerio Fiscal es el llamado a ejercer la acción penal, por lo que debe ser el mismo quien le corresponde evaluar los hechos para solicitar su castigo ante los órganos jurisdiccionales.
Es de destacar que la presentación de los anteriores documentos solo otorgará una medida de residencia provisional, mientras se dicte la sentencia definitiva.
Sentencia condenatoria como requisito definitivo
Es de tener presente que la concesión final de la Residencia dependerá de que exista una sentencia condenatoria por parte de los tribunales competentes. En tal caso, es de recordar que el delito de violencia de género solo existe de manera formal una vez que el mismo ha sido declarado por un tribunal; previo a ello existe una denuncia, pero no un hecho cierto.
En todo caso, tal sentencia deberá ser condenatoria en contra del perpetrador y en favor de la denunciante.
¿Qué documentación debe presentar la solicitante?
De forma general, los documentos a ser presentados son:
– Solicitud EX–10 en duplicado, debidamente cumplimentada y firmada.
– Copia de pasaporte o documento similar.
– En el supuesto de que actúe un representante legal, el mismo deberá presentar instrumento poder.
En todo caso, es de tener presente que toda documentación a ser presentada debe estar en español, caso contrario, deberá ser acompañada de traducción oficial.
¿Cómo es el procedimiento para que mujeres extranjeras víctimas de violencia de género puedan solicitar la residencia?
En primer lugar, la mujer que pretenda solicitar este tipo de residencia debe dirigirse, por sí misma o a través de representante, a la Oficina de Extranjería de la provincia en la que esté domiciliada.
Para hacer dicha solicitud, la interesada cuenta con dos momentos, a saber:
– En cualquier grado o momento del acto de violencia. En este caso, es de tener presente lo ya mencionado sobre que si no se tiene sentencia definitiva que declare la culpabilidad sobre los hechos, se podrá solicitar una Residencia provisional o temporal, mientras termina el procedimiento en tribunales.
– Si ya existe sentencia definitiva sobre los hechos de violencia, la interesada contará con solo seis meses, contados a partir de la notificación de la sentencia condenatoria.
Una vez presentada la solicitud, junto a los requisitos mencionados en puntos anteriores, deberá cancelar la tasa correspondiente, momento a partir del cual la Administración deberá emitir su pronunciamiento, el cual variará en función del tipo de denuncia penal que se haya acompañado a la solicitud.
Por su parte, al ser concedida la residencia, en el plazo de un mes desde la concesión la extranjera deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización.
Es muy importante tener en cuenta que en todo caso la concesión de este tipo de residencia siempre estará condicionada o sujeta a lo que determine la sentencia definitiva. Así, por ejemplo, si en un primer momento la mujer obtiene una resolución condenatoria en contra del violador de género, pero la misma es apelada y revocada, entonces su autorización sería revocada.
De igual manera, es de mencionar que la duración de esta autorización es de cinco años.
¿Cómo es el trámite de residencia para los hijos de mujeres víctimas de violencia de género?
Una vez presentada la solicitud de residencia, en el mismo momento la mujer puede solicitar la residencia de los hijos que vivan en España y sean menores de edad o tengan algún tipo de condición especial. Igualmente podrán presentar esta solicitud a lo largo del proceso penal que se siga en razón de la solicitud.
En el caso de los hijos, esta residencia será solo residencia propiamente dicha para los hijos menores de edad y de residencia y trabajo en caso de ser hijos con capacidad laboral.