🌾 ¿Quieres trabajar en España por temporada? Así funciona la autorización GECCO 2025 para migración circular

¿Sabías que España ofrece una vía legal para trabajar durante temporadas específicas sin necesidad de residir permanentemente en el país? La autorización de residencia temporal y trabajo para actividades de temporada en migración circular, regulada por el programa GECCO 2025, es una excelente opción para quienes desean trabajar en el sector agrícola o estacional de manera segura, legal y organizada. 🍊🚜

En este artículo te contamos en qué consiste esta autorización, quién puede solicitarla, cuáles son los requisitos y cómo es el procedimiento paso a paso.


🧾 ¿Qué es la autorización GECCO?

Es una autorización de residencia y trabajo temporal, con duración máxima de 9 meses al año, para trabajar con un contrato fijo-discontinuo en actividades de temporada, estacionales o intermitentes.

📅 La autorización tiene una duración de 4 años y permite que la persona trabajadora sea llamada nuevamente cada temporada, siempre que cumpla con el compromiso de regresar a su país de origen tras finalizar su actividad laboral.


⚖️ Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000 (art. 39)
  • Real Decreto 1155/2024
  • Orden ISM/1488/2024 (regulación GECCO 2025)

✅ Requisitos para los trabajadores

  • No residir actualmente en España.
  • No ser ciudadano/a de la UE, EEE o Suiza.
  • No tener antecedentes penales ni representar amenaza para la seguridad pública.
  • No haber incumplido compromisos de retorno anteriores.
  • No padecer enfermedades graves según el Reglamento Sanitario Internacional.
  • Comprometerse a regresar a su país tras la finalización del contrato.

🧑‍🌾 Requisitos para los empleadores

  • Ofrecer un contrato fijo-discontinuo con todos los detalles del empleo (lugar, duración, salario…).
  • Garantizar condiciones dignas de alojamiento, higiene y prevención de riesgos laborales.
  • Estar al corriente de obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
  • Asumir el coste del viaje del trabajador desde su país de origen a España y su traslado al alojamiento.
  • Garantizar que no hay trabajadores disponibles en España para ese puesto.
  • Informar al trabajador sobre sus derechos y obligaciones.
  • Aportar un compromiso de retorno firmado por cada persona contratada.

🌍 ¿Qué países pueden participar?

Con acuerdos firmados:

Colombia, Ecuador, Honduras, Guatemala, Marruecos, Mauritania, República Dominicana, Ucrania

Con instrumentos de colaboración:

Gambia, Guinea, Guinea Bissau, Cabo Verde, Senegal, Mali, Níger, México, El Salvador, Filipinas, Paraguay, Argentina


🗂️ ¿Qué documentación se exige?

Para el empleador:

  • Anexo III (A), III (B) o III (C) según el tipo de oferta.
  • Contrato de trabajo y anexos.
  • Acreditación económica y legal de la empresa.
  • Documentación del alojamiento y seguro médico.
  • Certificación del SEPE sobre insuficiencia de candidatos.
  • Declaraciones responsables y compromiso de retorno.

Para el trabajador (visado):

  • Formulario de solicitud
  • Fotografía tamaño carné
  • Pasaporte válido
  • Certificado médico y de antecedentes penales
  • Contrato y anexos firmados
  • Resolución de concesión
  • Justificante del pago de tasas

🛠️ Procedimiento paso a paso

  1. Presentación telemática de la oferta de empleo por parte del empleador o su representante legal.
  2. Selección en origen coordinada por la Dirección General de Gestión Migratoria, Consulados y autoridades del país de origen.
  3. Resolución en un mes. Si no hay respuesta, se entiende desestimada.
  4. Solicitud conjunta de visados por parte del empleador en la Oficina Consular.
  5. Entrada en España y alta en Seguridad Social dentro de los 3 días posteriores.
  6. Solicitud de TIE (tarjeta de identidad de extranjero) dentro del primer mes.
  7. Regreso obligatorio al país de origen al finalizar la temporada.

🔁 ¿Y después de la primera temporada?

  • Llamamientos: A partir del segundo año, el empleador puede llamar al mismo trabajador con antelación mínima de 3 meses.
  • Prórrogas: Se permite ampliar el periodo laboral anual con otro empleador o contrato, siempre que no se superen los 9 meses.
  • Renovación: Tras los 4 años, se puede renovar por otros 4, cumpliendo los requisitos.
  • Modificación: Quien haya cumplido los 4 años puede solicitar una autorización de residencia y trabajo por 2 años, si acredita estabilidad laboral o medios económicos suficientes.

📩 ¿Tienes dudas sobre cómo aplicar o necesitas ayuda con el proceso GECCO?

En Orlando Ochoa Abogados te ayudamos a gestionar toda la documentación, cumplir con los requisitos y llevar tu caso de forma eficaz y segura.

📧 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
📲 O contáctanos por WhatsApp al (+34) 660 785 376

¡Con nosotros, tu camino hacia un trabajo legal y temporal en España comienza con confianza! 🇪🇸✨

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¿Sabías que España ofrece una vía legal para trabajar durante temporadas específicas sin necesidad de residir permanentemente en el país? La autorización de residencia temporal y trabajo para actividades de temporada en migración circular, regulada por el programa GECCO 2025, es una excelente opción para quienes desean trabajar en el sector agrícola o estacional de manera segura, legal y organizada. 🍊🚜

En este artículo te contamos en qué consiste esta autorización, quién puede solicitarla, cuáles son los requisitos y cómo es el procedimiento paso a paso.


🧾 ¿Qué es la autorización GECCO?

Es una autorización de residencia y trabajo temporal, con duración máxima de 9 meses al año, para trabajar con un contrato fijo-discontinuo en actividades de temporada, estacionales o intermitentes.

📅 La autorización tiene una duración de 4 años y permite que la persona trabajadora sea llamada nuevamente cada temporada, siempre que cumpla con el compromiso de regresar a su país de origen tras finalizar su actividad laboral.


⚖️ Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000 (art. 39)
  • Real Decreto 1155/2024
  • Orden ISM/1488/2024 (regulación GECCO 2025)

✅ Requisitos para los trabajadores

  • No residir actualmente en España.
  • No ser ciudadano/a de la UE, EEE o Suiza.
  • No tener antecedentes penales ni representar amenaza para la seguridad pública.
  • No haber incumplido compromisos de retorno anteriores.
  • No padecer enfermedades graves según el Reglamento Sanitario Internacional.
  • Comprometerse a regresar a su país tras la finalización del contrato.

🧑‍🌾 Requisitos para los empleadores

  • Ofrecer un contrato fijo-discontinuo con todos los detalles del empleo (lugar, duración, salario…).
  • Garantizar condiciones dignas de alojamiento, higiene y prevención de riesgos laborales.
  • Estar al corriente de obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
  • Asumir el coste del viaje del trabajador desde su país de origen a España y su traslado al alojamiento.
  • Garantizar que no hay trabajadores disponibles en España para ese puesto.
  • Informar al trabajador sobre sus derechos y obligaciones.
  • Aportar un compromiso de retorno firmado por cada persona contratada.

🌍 ¿Qué países pueden participar?

Con acuerdos firmados:

Colombia, Ecuador, Honduras, Guatemala, Marruecos, Mauritania, República Dominicana, Ucrania

Con instrumentos de colaboración:

Gambia, Guinea, Guinea Bissau, Cabo Verde, Senegal, Mali, Níger, México, El Salvador, Filipinas, Paraguay, Argentina


🗂️ ¿Qué documentación se exige?

Para el empleador:

  • Anexo III (A), III (B) o III (C) según el tipo de oferta.
  • Contrato de trabajo y anexos.
  • Acreditación económica y legal de la empresa.
  • Documentación del alojamiento y seguro médico.
  • Certificación del SEPE sobre insuficiencia de candidatos.
  • Declaraciones responsables y compromiso de retorno.

Para el trabajador (visado):

  • Formulario de solicitud
  • Fotografía tamaño carné
  • Pasaporte válido
  • Certificado médico y de antecedentes penales
  • Contrato y anexos firmados
  • Resolución de concesión
  • Justificante del pago de tasas

🛠️ Procedimiento paso a paso

  1. Presentación telemática de la oferta de empleo por parte del empleador o su representante legal.
  2. Selección en origen coordinada por la Dirección General de Gestión Migratoria, Consulados y autoridades del país de origen.
  3. Resolución en un mes. Si no hay respuesta, se entiende desestimada.
  4. Solicitud conjunta de visados por parte del empleador en la Oficina Consular.
  5. Entrada en España y alta en Seguridad Social dentro de los 3 días posteriores.
  6. Solicitud de TIE (tarjeta de identidad de extranjero) dentro del primer mes.
  7. Regreso obligatorio al país de origen al finalizar la temporada.

🔁 ¿Y después de la primera temporada?

  • Llamamientos: A partir del segundo año, el empleador puede llamar al mismo trabajador con antelación mínima de 3 meses.
  • Prórrogas: Se permite ampliar el periodo laboral anual con otro empleador o contrato, siempre que no se superen los 9 meses.
  • Renovación: Tras los 4 años, se puede renovar por otros 4, cumpliendo los requisitos.
  • Modificación: Quien haya cumplido los 4 años puede solicitar una autorización de residencia y trabajo por 2 años, si acredita estabilidad laboral o medios económicos suficientes.

📩 ¿Tienes dudas sobre cómo aplicar o necesitas ayuda con el proceso GECCO?

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📲 O contáctanos por WhatsApp al (+34) 660 785 376

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