🤝 ¿Sabías que en España existe un proceso para contratar trabajadores desde sus países de origen?

Si eres empresario y necesitas incorporar personal extranjero, o si eres extranjero y te interesa venir a trabajar a España desde tu país, este artículo es para ti. Te explicamos en qué consiste la Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen, un procedimiento legal y planificado para cubrir puestos de trabajo mediante la contratación directa desde fuera de España. 🌍✈️


🧾 ¿Qué es la Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen?

Es un procedimiento que permite a las empresas españolas contratar a múltiples trabajadores extranjeros no residentes en España, tanto para trabajos estables como de temporada, mediante ofertas gestionadas de forma colectiva y coordinada con las autoridades de ambos países.

Se tramita a partir de las ofertas presentadas por empleadores españoles, y la selección de los trabajadores se realiza directamente en sus países de origen.


⚖️ Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000, artículo 39
  • Real Decreto 1155/2024, artículos 100 a 123
  • Orden ISM/1488/2024, de 27 de diciembre
  • Acuerdos internacionales sobre flujos migratorios

🏢 ¿Quiénes pueden participar?

👨‍💼 Empresas en España

  • Presentan ofertas de empleo (preferentemente genéricas).
  • Deben estar inscritas en la Seguridad Social y al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales.
  • Pueden participar directamente o a través de organizaciones empresariales.
  • Deben firmar los contratos con los trabajadores, incluyendo información sobre salario neto y condiciones.

👷‍♂️ Personas trabajadoras extranjeras

  • No deben residir en España ni ser ciudadanos de la UE, EEE o Suiza.
  • No deben tener antecedentes penales en los últimos 5 años.
  • No deben figurar como rechazables según acuerdos internacionales.
  • En el caso de trabajos de temporada, deben comprometerse a retornar al país de origen al finalizar la actividad.

🌐 ¿Con qué países se gestiona este proceso?

🇨🇴 Países con acuerdos sobre regulación de flujos migratorios:

Colombia, Ecuador, Honduras, Guatemala, Marruecos, Mauritania, República Dominicana y Ucrania.

🤝 Países con instrumentos de colaboración:

Gambia, Guinea, Guinea Bissau, Cabo Verde, Senegal, Mali, Níger, México, El Salvador, Filipinas, Paraguay y Argentina.


🔄 ¿Cómo es el procedimiento?

  1. Aprobación anual de la Orden de Gestión Colectiva
    • Se publica cada año con las ocupaciones, el número de puestos disponibles y los criterios para las ofertas.
    • También incluye visados de búsqueda de empleo para descendientes de españoles.
  2. Presentación de ofertas por parte de empleadores
    • Se detallan los puestos disponibles y las condiciones laborales.
    • Pueden incluir formación previa en el país de origen o en España.
  3. Proceso de selección
    • Participan empleadores, autoridades españolas y, cuando se acuerda, sindicatos y representantes del país de origen.
  4. Solicitud de visado
    • Se presenta en el consulado español en el país de origen, junto con pasaporte, antecedentes penales, certificado médico, contrato de trabajo y otros documentos exigidos.
  5. Concesión del visado
    • El visado suele emitirse en un plazo máximo de 5 días hábiles (ampliable a 15 días en casos excepcionales).
  6. Alta en Seguridad Social
    • Trabajos de temporada: máximo 3 días tras la entrada a España.
    • Trabajos estables: hasta 3 meses tras la entrada.

📌 ¿Qué vigencia tiene el visado?

  • Trabajos de temporada: duración del período de actividad anual autorizado.
  • Trabajos estables: igual al periodo concedido en la autorización de residencia y trabajo, hasta un máximo de un año.

👥 Esta gestión permite también visados de búsqueda de empleo para hijos o nietos de españoles de origen, y visados limitados a ciertas ocupaciones y regiones, según necesidades del mercado laboral español.


📩 ¿Eres empleador y quieres saber cómo acceder a este procedimiento?
¿Estás fuera de España y te interesa trabajar legalmente en el país?

📧 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
📲 O contáctanos por WhatsApp al (+34) 660 785 376

En Orlando Ochoa Abogados, te ayudamos a tramitar correctamente esta oportunidad de empleo y movilidad legal desde el origen. ¡Cuenta con nuestro equipo!

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🧾 ¿Qué es la Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen?

Es un procedimiento que permite a las empresas españolas contratar a múltiples trabajadores extranjeros no residentes en España, tanto para trabajos estables como de temporada, mediante ofertas gestionadas de forma colectiva y coordinada con las autoridades de ambos países.

Se tramita a partir de las ofertas presentadas por empleadores españoles, y la selección de los trabajadores se realiza directamente en sus países de origen.


⚖️ Normativa aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000, artículo 39
  • Real Decreto 1155/2024, artículos 100 a 123
  • Orden ISM/1488/2024, de 27 de diciembre
  • Acuerdos internacionales sobre flujos migratorios

🏢 ¿Quiénes pueden participar?

👨‍💼 Empresas en España

  • Presentan ofertas de empleo (preferentemente genéricas).
  • Deben estar inscritas en la Seguridad Social y al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales.
  • Pueden participar directamente o a través de organizaciones empresariales.
  • Deben firmar los contratos con los trabajadores, incluyendo información sobre salario neto y condiciones.

👷‍♂️ Personas trabajadoras extranjeras

  • No deben residir en España ni ser ciudadanos de la UE, EEE o Suiza.
  • No deben tener antecedentes penales en los últimos 5 años.
  • No deben figurar como rechazables según acuerdos internacionales.
  • En el caso de trabajos de temporada, deben comprometerse a retornar al país de origen al finalizar la actividad.

🌐 ¿Con qué países se gestiona este proceso?

🇨🇴 Países con acuerdos sobre regulación de flujos migratorios:

Colombia, Ecuador, Honduras, Guatemala, Marruecos, Mauritania, República Dominicana y Ucrania.

🤝 Países con instrumentos de colaboración:

Gambia, Guinea, Guinea Bissau, Cabo Verde, Senegal, Mali, Níger, México, El Salvador, Filipinas, Paraguay y Argentina.


🔄 ¿Cómo es el procedimiento?

  1. Aprobación anual de la Orden de Gestión Colectiva
    • Se publica cada año con las ocupaciones, el número de puestos disponibles y los criterios para las ofertas.
    • También incluye visados de búsqueda de empleo para descendientes de españoles.
  2. Presentación de ofertas por parte de empleadores
    • Se detallan los puestos disponibles y las condiciones laborales.
    • Pueden incluir formación previa en el país de origen o en España.
  3. Proceso de selección
    • Participan empleadores, autoridades españolas y, cuando se acuerda, sindicatos y representantes del país de origen.
  4. Solicitud de visado
    • Se presenta en el consulado español en el país de origen, junto con pasaporte, antecedentes penales, certificado médico, contrato de trabajo y otros documentos exigidos.
  5. Concesión del visado
    • El visado suele emitirse en un plazo máximo de 5 días hábiles (ampliable a 15 días en casos excepcionales).
  6. Alta en Seguridad Social
    • Trabajos de temporada: máximo 3 días tras la entrada a España.
    • Trabajos estables: hasta 3 meses tras la entrada.

📌 ¿Qué vigencia tiene el visado?

  • Trabajos de temporada: duración del período de actividad anual autorizado.
  • Trabajos estables: igual al periodo concedido en la autorización de residencia y trabajo, hasta un máximo de un año.

👥 Esta gestión permite también visados de búsqueda de empleo para hijos o nietos de españoles de origen, y visados limitados a ciertas ocupaciones y regiones, según necesidades del mercado laboral español.


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