AUTORIZACIÓN INICIAL DE RESIDENCIA Y TRABAJO DE PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS

Existen labores que requieren de alguien con un nivel profesional suficientemente alto o extensa experiencia para poder ejecutarlo. Es por ello que existen figuras que permiten una residencia de trabajo temporal para este tipo de labores especializadas.

En tal sentido, recuerde si se encuentra en Barcelona y requiere de un permiso de este tipo, puede contactarnos para darle la más expedita y eficaz asesoría en estos casos, lo cual le ahorrará tiempo, dinero y evitar una posible negativa a su solicitud.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para acceder a este tipo de residencia?

Para poder optar a este tipo de permiso, es necesario cumplir con ciertos requisitos establecidos en la ley. Ahora detallaremos cada uno de ellos:

No figurar como ciudadano de la Unión Europea

Si desea acceder a este tipo de residencia, no se puede ser ciudadano de alguna nación miembro de este cúmulo de países, ni estar emparentado con alguna persona que lo sea.

Regularidad en la estadía del solicitante

Aquel que procure obtener esta clase de permiso, debe encontrarse de forma legal y regular dentro del Reino de España.

Antecedentes penales

No podrá ser intentada esta solicitud si se poseen antecedentes penales en España o en el lugar de residencia del solicitante. Los delitos acá descritos son aquellos que se encuentren enmarcados dentro de la legislación española.

Estatus de rechazable

La persona que desee acceder a este beneficio debe tener tanto la entrada permitida a España, así como a los países con los cuales esta nación tenga convenios firmados en este sentido. Es imperativo no contar con el estatus de rechazable para la entrada en estas naciones.

La contratación debe estar permitida por la situación nacional de empleo

Existen cuatro supuestos para poder establecer que la labor a realizar está permitida, esto son:

– El trabajo que se va a realizar debe figurar en la lista que emana del Servicio Público de Empleo Estatal como ocupación de difícil cobertura.

– Cuando se encuentre enmarcado en alguno de los supuestos del artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000

– En aquellos casos en que el solicitante provenga de naciones como Perú y Chile, las cuales cuentan con convenios suscritos con el Reino de España que incluyen este tópico.

– Que exista una gestión de oferta de empleo por parte de la Oficina de Extranjería en la que se estipule que no se ha podido cubrir la vacante para el trabajo en cuestión.

Demostrar que se cuenta con la capacitación requerida

Se deben consignar los títulos y pruebas suficientes que demuestren que el solicitante tiene las capacidades y los conocimientos requeridos para la labor por la cual intenta este requerimiento.

Cumplir con los requisitos del Seguro Social

Aquel que se presente como el empleador, debe estar inscrito en regla respecto de lo referente al Seguro Social, así como encontrarse a derecho con lo relativo a sus deberes fiscales y frente al Estado.

Contrato de trabajo

Es necesaria la firma de un contrato de trabajo que especifique claramente las funciones a realizar por aquel que solicita la residencia. Es por ello que en este convenio debe figurar la vigencia del mismo a partir del momento que, de ser el caso, sea otorgada la autorización.

Estipulaciones Salariales

Aquel que figure como contratante debe demostrar de manera clara que cuenta con los medios necesarios para llevar a cabo la empresa en cuestión, así como para hacerle frente a todas las obligaciones pautadas contractualmente con el contratado.

Documentación necesaria para la realización de este trámite

Se deberán presentar sin excepción, en copias simples, pero con los originales en mano al momento de la realización del trámite los siguientes documentos:

Planilla del modelo EX 05

Esta debe ser consignada por duplicado, completada y firmada por la persona o empresa contratante.

Pasaporte

Una copia completa del pasaporte del solicitante o del título de viaje.

Contrato de trabajo

Requiere ser presentado un contrato válido y legal de trabajo entre el contratante y aquel que realizará las labores.

Títulos demostrativos de la solvencia de la empresa

Presentar como demostrativo la declaración del IRPF, o del IVA. De la misma manera se debe consignar una descripción de las labores que serán llevadas a cabo.

Documentación referente a la empresa contratante

Aquel que firme contrato con el trabajador debe consignar copia del NIF y del documento de constitución debidamente registrado. Además, una copia del documento público que le da al firmante la representación legal de la empresa. Igualmente se requiere una autorización para contrastar con el Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia las referencias de aquel que firma.

¿Cuál es el procedimiento a seguir para realizar esta solicitud?

El representante legal de la empresa, o el empleador, deben asistir personalmente ante la Oficina de Extranjería donde corresponda según el lugar en que serán realizadas las labores. Seguidamente, al momento de admisión a trámite se deberán cancelar las tasas correspondientes. Después de esto, se tendrán 45 días para dar respuesta respecto de la solicitud, si no se obtiene contestación, se entenderá que el pedimento ha sido denegado.

Si la respuesta es positiva, el trabajador cuenta con un mes para solicitar el correspondiente visado. En este momento deberá consignar su pasaporte, antecedentes penales vigentes, certificado médico, comprobante del pago de las tasas y la copia del contrato de trabajo sellado por la Oficina de Extranjería.

Como se puede observar, este es un procedimiento que debe ser realizado cumpliendo a cabalidad cada uno de los pasos. Es por ello que se necesita una asesoría eficaz y con experiencia para evitar pérdidas de dinero o negativas en esta solicitud. Recuerde que no cumplir satisfactoriamente con estas exigencias también puede implicar perder la oportunidad laboral por la que se busca obtener la residencia.

En Barcelona contamos con un equipo sumamente capacitado que atenderá todos sus requerimientos y lo acompañará hasta obtener la respuesta deseada. No dude en contactarnos y así comprobar que lo atenderemos de la mejor manera y haremos su proceso lo más sencillo y rápido posible.

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Nuestros clientes

A base de 414 evaluaciones
Junior Alejandro Jaquet Montiel
Junior Alejandro Jaquet Montiel
2023-05-12
Excelente servicio y profesionalidad 👌
Derlis Diaz
Derlis Diaz
2023-05-08
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es snoussi Khadija
es snoussi Khadija
2023-05-06
Estoy muy encantada de sus servicios
Raul R
Raul R
2023-05-05
Contraté los servicios de Ocho Abogados para que mi mujer consiguiera la tarjeta de residencia y taerme a sus hijos de Filipinas a España. Orlando es un muy buen profesional. Tras poco más de 1 año todos tienen sus tarjetas.
Rina Cortines Navarro
Rina Cortines Navarro
2023-05-05
Buena atención y muy rápido
Lígia Rodrigues
Lígia Rodrigues
2023-05-04
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Liz romina Duarte
Liz romina Duarte
2023-05-04
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Carolina Gómez
Carolina Gómez
2023-05-02
Soy de Honduras 🇭🇳🇭🇳🇭🇳 por recomendación de amigos tome contacto con Ochoa Abogados dejé encargado mi trámite de residencia y al día de hoy tengo la resolución favorable los recomiendo soy muy eficaces
Nassora Nassora
Nassora Nassora
2023-04-25
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Oscar Gallon
Oscar Gallon
2023-04-17
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ASISTENCIA AL DETENIDO EN COMISARÍA Y JUZGADOS

URGENCIAS 24 HS.

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