AUTORIZACIÓN PARA TRABAJOS DE TEMPORADA O CAMPAÑA EN EL MARCO DE PRESTACIONES TRANSNACIONALES DE SERVICIOS

El mundo de hoy se encuentra totalmente interconectado, por ello es posible que diversas empresas decidan establecer centros de trabajo en diferentes países. Al respecto, España es uno de los destinos predilectos de muchas empresas para entrar a Europa.

Esto trae como consecuencia que sea necesario regular el desplazamiento de los trabajadores de dichas compañías a nuestro país. Para tal fin la legislación prevé una autorización especial, conozcámosla.

¿En qué consiste la autorización de residencia y trabajo de temporada o campaña en prestaciones transnacionales de servicios?

Como ya lo señaláramos, en la actualidad es muy común el desplazamiento de personal extracomunitario de empresas extranjeras hacia España. Para regular su ingreso y permanencia en suelo español, la legislación establece una autorización de residencia temporal y trabajo, con la cual es posible el desplazamiento temporal a centros de trabajo ubicados en España de la misma empresa o grupo empresarial. Siempre que se tenga la finalidad de realizar actividades de temporada o campaña.

Si se encuentra usted en esta situación, siga leyendo pues tenemos toda la información que necesita para tramitar su autorización y en caso de dudas estamos a su disposición.

¿Qué requisitos se deben reunir para esta autorización?

Para acceder a este permiso, tanto el ciudadano extranjero como la empresa que lo desplaza deben reunir una serie de requisitos.

A continuación, los enumeramos de forma resumida.

Generales

Como requisitos generales comunes a la gran mayoría de las autorizaciones de ingreso y trabajo a España, se destacan que: el trabajador desplazado, debe ser un ciudadano extracomunitario; de este modo, tampoco debe tratarse de un familiar de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.

Asimismo, si se encuentra en España, su situación migratoria no puede ser irregular. También debe acreditar que carece de antecedentes penales tanto en España, como en los países de residencia anteriores.

En este orden de ideas, el ciudadano extracomunitario no debe tener prohibida la entrada en España. Tampoco debe encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.

Requisitos específicos para el trabajador

El trabajador debe demostrar que su residencia en el país donde radica la empresa que lo desplaza, es estable y regular. En cuanto a la actividad profesional, debe haberla desarrollado en el país donde radica la empresa de forma habitual por un tiempo mínimo de un año y haber prestado sus servicios a la empresa como mínimo por nueve meses.

Será vital que el trabajador cuente con la capacitación o cualificación profesional exigida para el ejercicio de la profesión. Además, será obligatorio aportar un compromiso de retorno al país de origen una vez finalizada la relación laboral.

Requisitos específicos para la empresa

La empresa que desplaza a su trabajador también debe cumplir unos requisitos imprescindibles para tramitar esta autorización en beneficio de sus trabajadores. De este modo, deberá garantizar al trabajador las condiciones de trabajo de conformidad a lo establecido en la Ley 45/1999.

Otro aspecto especialmente relevante, es que salvo que la actividad a la que fue llamado el trabajador requiera un conocimiento directo de la empresa, su contratación debe estar supeditada a que la situación nacional de empleo lo permita. Esto se logra cuando, la vacante se ha puesto a disposición de los Servicios Público de Empleo Estatal y de las Comunidades Autónomas. Para dar cumplimiento a este requerimiento, la oferta de empleo debe haber sido publicada por 25 días, tiempo en el cual los trabajadores residentes en España pueden concurrir.

En los casos en que la empresa haya realizado este tipo de solicitudes, debe aportar las pruebas de que sus trabajadores titulares de autorizaciones de trabajo de temporada han retornado a su país.

Adicionalmente, la empresa debe estar inscrita en el régimen del Sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente con sus obligaciones ante Hacienda y la Seguridad Social.

En cuanto a los medios económicos, materiales o personales  de la empresa o empleador, deben ser suficientes tanto para el desarrollo de su negocio como para hacer frente a las obligaciones del contrato firmado con el trabajador. En caso de tratarse de una persona física, deberá acreditar el 100% del IPREM, después de que se deduzca el pago del salario del trabajador. Este porcentaje variará, conforme la unidad familiar del empleador incluya más miembros.

Requisitos para las condiciones de viaje y estadía del trabajador

Sumado a lo anterior, la empresa debe asegurar unas condiciones mínimas de viajes y estancia al trabajador, las cuales deben ser demostradas a la autoridad de extranjería al momento de la solicitud. Estas condiciones son las siguientes:

– El trabajador debe tener a su disposición un alojamiento adecuado. El mismo, debe cumplir con condiciones apropiadas para garantizar la dignidad e higiene.

– En igual sentido, el empleador debe organizar los viajes de llegada a España y de regreso al país de origen. Para esto, debe como mínimo, asumir el coste del viaje de llegada a España, así como del traslado entre el puesto de entrada a España y el lugar del alojamiento.

– Finalmente, la actividad debe tener una duración máxima de 9 meses, dentro del período de 12 meses consecutivos.

¿Cómo se solicita la autorización para trabajos de temporada o campaña en el marco de prestaciones transnacionales de servicios?

En términos generales el procedimiento es bastante sencillo, aunque siempre se recomienda la asesoría de expertos en extranjería que le acompañe durante todo el proceso.

En el caso particular de esta autorización, será el empleador quien realice la solicitud ante la Oficina de Extranjería de la provincia en la se prestarán los servicios. Para llevar a cabo la solicitud, se debe respetar un plazo de tres meses de antelación a la fecha que se tiene prevista para el inicio de la actividad laboral.

Al momento de la admisión del trámite, se devengarán las tasas de residencia y de trabajo, que deberá abonarse en 10 días hábiles. La administración, tendrá un plazo de 45 días para emitir la resolución de la solicitud.

De ser concedida, el trabajador contará con un mes desde la notificación, para solicitar el visado de residencia y trabajo de temporada ante la misión diplomática u oficina consular de su país de residencia.

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