❤️‍🩹 ¿Te encuentras en España en situación irregular y atraviesas una situación delicada? Conoce la residencia por razones humanitarias

En España, existen mecanismos legales que protegen a las personas extranjeras en contextos especialmente vulnerables. Uno de ellos es la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones humanitarias, un recurso que puede ofrecerte estabilidad y acceso a derechos básicos cuando más lo necesitas.

Si estás en una situación de riesgo, salud grave, has sido víctima de delitos o tu regreso a tu país representa un peligro para ti o tu familia, este artículo es para ti. 🧾🇪🇸


🧾 ¿Qué es la residencia por razones humanitarias?

Es una autorización temporal de residencia que puede concederse a personas extranjeras que se encuentran en situación irregular en España y cuya permanencia se justifica por razones humanitarias debidamente acreditadas.

La autorización tiene una vigencia de un año y habilita para trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin restricciones de ocupación ni ámbito geográfico.


⚖️ Normativa que regula este trámite

  • Ley Orgánica 4/2000 (art. 31.3)
  • Real Decreto 1155/2024 (arts. 124, 128 y 130 a 132)
  • Ley 12/2012 (liberalización de servicios)

✅ ¿Quién puede solicitarla?

Pueden acceder a esta autorización personas extranjeras que se encuentren en España y en situación irregular, siempre que:

  • No sean ciudadanos de la UE, EEE o Suiza.
  • No tengan antecedentes penales en los últimos 5 años.
  • No figuren como rechazables en el espacio Schengen.
  • No hayan incumplido un compromiso de no retorno (si aplica).
  • Acrediten una situación de riesgo humanitario, como por ejemplo:

Supuestos válidos:

  • Personas con autorización especial del Ministerio del Interior.
  • Personas desplazadas bajo protección temporal.
  • Víctimas de delitos graves, como:
    • Explotación laboral (arts. 311 a 318 del Código Penal)
    • Delitos de odio y discriminación (arts. 510 a 512)
    • Violencia en el entorno familiar, con resolución judicial
  • Personas que padecen enfermedades graves sobrevenidas en España cuya interrupción o tratamiento fuera del país pueda poner en riesgo su vida.
  • Personas cuyo retorno al país de origen supone un peligro para su seguridad o la de su familia.

📂 Documentación necesaria

  • Formulario EX-10 firmado.
  • Pasaporte o documento válido en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales (últimos 5 años).
  • Prueba documental del motivo humanitario:
    • 🧑‍⚖️ Si es víctima de delito: resolución judicial que acredite condición de víctima.
    • 🏥 Si sufre enfermedad grave: informe clínico de la autoridad sanitaria.
    • 🚨 Si el retorno implica riesgo: prueba documental del peligro y medios de vida en España.

📌 Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados si procede.


🛠️ ¿Cómo es el procedimiento?

  • ¿Quién presenta la solicitud?
    La persona extranjera, su representante legal o tutor (si es menor o con discapacidad).
  • ¿Dónde se presenta?
    • Presencialmente en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
    • Telemáticamente a través de la sede electrónica (Mercurio).
  • ¿Qué tasa se paga?
    Modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.2.a
  • ¿Cuánto tarda la resolución?
    Hasta 3 meses. Si no se notifica en ese plazo, se considera denegada por silencio administrativo.
  • ¿Qué pasa si se aprueba?
    • Debes solicitar la TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en el plazo de un mes.
    • Puedes trabajar legalmente en España.

🔁 ¿Y si necesito prorrogarla?

  • Puedes prorrogarla cada año, siempre que se mantengan las condiciones.
  • En casos de enfermedad, se puede renovar por periodos sucesivos de un año hasta completar el tratamiento.
  • La prórroga puede solicitarse:
    • Durante los 2 meses previos a la expiración.
    • O hasta 3 meses después, aunque puede iniciarse un procedimiento sancionador si se presenta fuera de plazo.

👷 ¿Puedo trabajar con esta autorización?

✅ Sí. Esta residencia incluye autorización para trabajar, ya sea:

Por cuenta ajena:

  • Solicitud EX-03
  • Contrato firmado y documentación de la empresa
  • Acreditación de solvencia del empleador
  • Documentos que demuestren tu cualificación (si aplica)

Por cuenta propia:

  • Solicitud EX-07
  • Proyecto de negocio y plan de inversión
  • Declaraciones responsables y licencias necesarias
  • Documentación que demuestre tu cualificación y capacitación

📩 ¿Necesitas ayuda con tu solicitud por razones humanitarias o deseas regularizar tu situación cuanto antes?

En Orlando Ochoa Abogados te acompañamos de principio a fin con empatía, profesionalismo y experiencia.

📧 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
📲 O contáctanos por WhatsApp al (+34) 660 785 376

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En España, existen mecanismos legales que protegen a las personas extranjeras en contextos especialmente vulnerables. Uno de ellos es la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones humanitarias, un recurso que puede ofrecerte estabilidad y acceso a derechos básicos cuando más lo necesitas.

Si estás en una situación de riesgo, salud grave, has sido víctima de delitos o tu regreso a tu país representa un peligro para ti o tu familia, este artículo es para ti. 🧾🇪🇸


🧾 ¿Qué es la residencia por razones humanitarias?

Es una autorización temporal de residencia que puede concederse a personas extranjeras que se encuentran en situación irregular en España y cuya permanencia se justifica por razones humanitarias debidamente acreditadas.

La autorización tiene una vigencia de un año y habilita para trabajar, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin restricciones de ocupación ni ámbito geográfico.


⚖️ Normativa que regula este trámite

  • Ley Orgánica 4/2000 (art. 31.3)
  • Real Decreto 1155/2024 (arts. 124, 128 y 130 a 132)
  • Ley 12/2012 (liberalización de servicios)

✅ ¿Quién puede solicitarla?

Pueden acceder a esta autorización personas extranjeras que se encuentren en España y en situación irregular, siempre que:

  • No sean ciudadanos de la UE, EEE o Suiza.
  • No tengan antecedentes penales en los últimos 5 años.
  • No figuren como rechazables en el espacio Schengen.
  • No hayan incumplido un compromiso de no retorno (si aplica).
  • Acrediten una situación de riesgo humanitario, como por ejemplo:

Supuestos válidos:

  • Personas con autorización especial del Ministerio del Interior.
  • Personas desplazadas bajo protección temporal.
  • Víctimas de delitos graves, como:
    • Explotación laboral (arts. 311 a 318 del Código Penal)
    • Delitos de odio y discriminación (arts. 510 a 512)
    • Violencia en el entorno familiar, con resolución judicial
  • Personas que padecen enfermedades graves sobrevenidas en España cuya interrupción o tratamiento fuera del país pueda poner en riesgo su vida.
  • Personas cuyo retorno al país de origen supone un peligro para su seguridad o la de su familia.

📂 Documentación necesaria

  • Formulario EX-10 firmado.
  • Pasaporte o documento válido en vigor.
  • Certificado de antecedentes penales (últimos 5 años).
  • Prueba documental del motivo humanitario:
    • 🧑‍⚖️ Si es víctima de delito: resolución judicial que acredite condición de víctima.
    • 🏥 Si sufre enfermedad grave: informe clínico de la autoridad sanitaria.
    • 🚨 Si el retorno implica riesgo: prueba documental del peligro y medios de vida en España.

📌 Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados si procede.


🛠️ ¿Cómo es el procedimiento?

  • ¿Quién presenta la solicitud?
    La persona extranjera, su representante legal o tutor (si es menor o con discapacidad).
  • ¿Dónde se presenta?
    • Presencialmente en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
    • Telemáticamente a través de la sede electrónica (Mercurio).
  • ¿Qué tasa se paga?
    Modelo 790, código 052, epígrafe 2.3.2.a
  • ¿Cuánto tarda la resolución?
    Hasta 3 meses. Si no se notifica en ese plazo, se considera denegada por silencio administrativo.
  • ¿Qué pasa si se aprueba?
    • Debes solicitar la TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en el plazo de un mes.
    • Puedes trabajar legalmente en España.

🔁 ¿Y si necesito prorrogarla?

  • Puedes prorrogarla cada año, siempre que se mantengan las condiciones.
  • En casos de enfermedad, se puede renovar por periodos sucesivos de un año hasta completar el tratamiento.
  • La prórroga puede solicitarse:
    • Durante los 2 meses previos a la expiración.
    • O hasta 3 meses después, aunque puede iniciarse un procedimiento sancionador si se presenta fuera de plazo.

👷 ¿Puedo trabajar con esta autorización?

✅ Sí. Esta residencia incluye autorización para trabajar, ya sea:

Por cuenta ajena:

  • Solicitud EX-03
  • Contrato firmado y documentación de la empresa
  • Acreditación de solvencia del empleador
  • Documentos que demuestren tu cualificación (si aplica)

Por cuenta propia:

  • Solicitud EX-07
  • Proyecto de negocio y plan de inversión
  • Declaraciones responsables y licencias necesarias
  • Documentación que demuestre tu cualificación y capacitación

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