MODIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA A “RESIDENCIA Y TRABAJO” POR CUENTA AJENA INICIAL

Puede darse el caso de que algunos de los extranjeros que residen legalmente en España, no hayan solicitado permiso de trabajo. Esto puede deberse a múltiples razones; sin embargo, existe la posibilidad de cambiar el estado de la residencia.

Sencillamente hay que cumplir con ciertos parámetros y así obtener también autorización para trabajar. Este es el tema que desarrollaremos en el presente artículo.

Requisitos para hacer el cambio de la situación para residir legalmente

Este tipo de beneficio se otorga a ciudadanos extranjeros que hayan residido por al menos un año legalmente en territorio español. Pueden hacerse excepciones y solicitar antes de que se cumpla este plazo, siempre y cuando se demuestre la urgencia del caso. Se considera la excepción cuando es necesario garantizar la subsistencia del solicitante.

Por su parte, es un requisito indispensable que sea el empleador o un representante de la empresa, quien solicite la actualización de residencia. En este sentido, deberá hacerse la solicitud presentando el contrato de trabajo firmado en conjunto con el empleado. En dicho contrato estarán detalladas las condiciones laborales y las mismas deben estar de acuerdo a lo establecido en las leyes españolas.

Igualmente, el contratante tendrá que demostrar que está al día con sus obligaciones tributarias. Además presentará documentación que acredite su inscripción en el régimen de Seguridad Social. Para ello se le exigirá demostración de que posee los medios económicos para realizar el proyecto empresarial.

El empleado también tendrá que cumplir con ciertos requisitos como presentar constancia de carecer de antecedentes penales.

Adicionalmente demostrará no tener prohibida la entrada al país y que no figura como rechazable en países que tienen convenio con España.

Por otra parte, debe poder demostrar que cuenta con la cualificación necesaria para realizar la actividad laboral que ejercerá.

Documentación a presentar en el momento de realizar la solicitud

En este punto es importante tomar en cuenta que se le exigirá el pasaporte o cédula de viaje vigente junto con el impreso del modelo oficial EX-03. El mismo debe encontrarse debidamente cumplimentado y firmado. Hay que prestar particular atención al hecho de que este documento no tenga tachaduras ni enmiendas.

Por su parte el empleador presentará una serie de documentos para demostrar la identidad de su empresa. Para ello, le será exigida la copia del NIE o NIF o una autorización para comprobar los datos a través del sistema de verificación. Sí se trata de una persona jurídica deberá anexar la copia de la escritura de constitución inscrita en el registro que corresponda.

También anexará la copia del documento público acreditando que el solicitante representa legalmente a la empresa. Siguiendo esta línea, el empleador acreditará que posee la solvencia económica necesaria a través de la declaración del IRPF o del IVA.

Asimismo, deberá existir un contrato de trabajo legal y que se corresponda a las leyes españolas. Dicho contrato estará firmado tanto por el empleador como por el empleado y debe establecer detalladamente las condiciones del mismo. Entre estas condiciones debe figurar que se garantiza el derecho laboral por el tiempo que dure el permiso de residencia.

Es de recordar que, en ningún caso, el contrato laboral debe exceder el tiempo de permanencia permitido en la autorización para residir.

Procedimiento para modificar la situación de residencia

Como se trata de un trámite para modificar la situación de residencia a “residencia y trabajo”, es importante completar algunos pasos.

Lo primero que se debe saber es que el único sujeto legitimado para realizar la solicitud es el empleador o, en todo caso, una persona autorizada por él o por la empresa, que hará las veces de representante legal. Esta persona debe acudir a La Oficina de Extranjería ubicada en la provincia donde se realizará la actividad laboral.

Es de recordar que, si la empresa cuenta con quinientos empleados o más, debe dirigirse a La Unidad de Grandes Empresas en la Dirección General de Migraciones.

Una vez estando en el lugar correspondiente, abonará una tasa por residencia y trabajo y se cuenta con un plazo de diez días hábiles para abonarla. Ahora bien, ocurre que esta tasa puede corresponder a diferentes modelos oficiales, según sea el caso particular.

Plazos de resolución

La respuesta a la solicitud se recibe en un lapso no mayor a tres meses. Sí transcurrido este tiempo no se obtuvo respuesta, debe considerarse como una negativa. Sí se obtuvo una respuesta favorable entonces el trabajador podrá solicitar su acta de Seguridad Social. Una vez obtenida debe tramitar su tarjeta de identificación como extranjero, para lo cual tendrá que abonar la tasa correspondiente y presentar tres fotografías tipo carnet.

Leyes que respaldan el proceso

Todo proceso migratorio implica leyes que están dirigidas a la protección de quienes solicitan el permiso residencial. En España se han creados leyes específicas para esto. En tal sentido se ha creado un marco legal dirigido a especificar los deberes y beneficios de las personas extranjeras que residen de manera legal.

Así, en la Ley Orgánica 4/200 de 11 de enero se establecen los derechos y libertades de los ciudadanos españoles (artículos 36 y 38) Asimismo se encuentra El Reglamento a esta Ley aprobado por Decreto Real 557/2011 de 20 de abril en el artículo 200.

Con estas leyes se garantiza la seguridad y estabilidad de todas las personas incluyendo a los extranjeros que residen legalmente en territorio español. También respaldan el proceso de solicitud para residir aunque la misma no incluyera inicialmente el de permiso laboral. De igual manera quedan respaldados quienes deseen incluir, además, la autorización de trabajo temporal.

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Junior Alejandro Jaquet Montiel
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Derlis Diaz
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es snoussi Khadija
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Raul R
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Rina Cortines Navarro
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Carolina Gómez
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Nassora Nassora
Nassora Nassora
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Oscar Gallon
Oscar Gallon
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