🎓 ¿Quieres estudiar en España por más de 90 días? Esto es lo que necesitas saber sobre la autorización de estancia de larga duración para estudios

España es uno de los destinos académicos más atractivos para estudiantes extranjeros. Si has sido admitido en un programa de educación secundaria postobligatoria o en estudios superiores, puedes solicitar una autorización de estancia de larga duración que te permitirá residir legalmente en el país durante todo el tiempo que duren tus estudios. ¡Aquí te lo explicamos todo! 🇪🇸📘


🎯 ¿Qué permite esta autorización?

Esta autorización está diseñada para estudiantes extranjeros que desean cursar:

🎓 Estudios superiores

  • Grados universitarios oficiales o títulos propios.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Formación profesional de grado superior (FP).
  • Enseñanzas profesionales de artes plásticas, diseño y deportivas de grado superior.

📍 Modalidad: presencial o híbrida. En estudios no universitarios se exige mínimo un 50% de presencialidad.

🧑‍🏫 Estudios de educación secundaria postobligatoria

  • Bachillerato.
  • Formación profesional de grado medio.
  • Enseñanzas artísticas profesionales de música y danza.
  • Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
  • Enseñanzas deportivas de grado medio.

📍 Modalidad: presencial o semipresencial, también con al menos un 50% presencial.


⚖️ Normativa aplicable

  • Directiva (UE) 2016/801 sobre residencia con fines educativos.
  • Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos de los extranjeros.
  • Real Decreto 1155/2024, que regula el procedimiento.

✅ Requisitos clave

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • No estar en situación irregular ni suponer una amenaza para el orden o salud pública.
  • Tener más de 17 años para estudios superiores, o más de 18 años para secundaria postobligatoria.
  • Haber sido admitido en un centro educativo autorizado.
  • Contar con medios económicos suficientes (100% del IPREM para el solicitante, más un 75% por el primer familiar y un 50% por los demás).
  • Contar con seguro médico privado válido en España.
  • No tener antecedentes penales, si la estancia será superior a 6 meses.
  • Haber abonado la tasa correspondiente.

📂 ¿Qué documentación necesitas?

  • Pasaporte válido (mínimo un año).
  • Carta de admisión y justificante de pago de matrícula.
  • Certificado médico.
  • Justificante de medios económicos.
  • Seguro médico.
  • Certificado de antecedentes penales (si aplica).
  • Si es menor de edad, autorización de progenitores o tutores.
  • Justificante del pago de la tasa.

📌 Los documentos deben estar traducidos al castellano por traductor jurado y legalizados o apostillados según el país de origen.


✈️ ¿Cómo iniciar el procedimiento?

Desde fuera de España

  • Solicitud en el Consulado o Embajada de España en tu país.
  • Presentarla con mínimo 2 meses de antelación.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Una vez aprobado, recoge el visado en máximo 2 meses.
  • Si tu estancia supera los 6 meses, solicita la TIE (tarjeta de identidad de extranjero) dentro del primer mes en España.

Desde España (solo estudios superiores o secundaria postobligatoria)

  • Estar en situación regular en el país.
  • Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería o a través de sede electrónica (Mercurio).
  • Plazo de resolución: 2 meses.
  • La autorización cubrirá todo el curso académico, con posibilidad de prórroga.

👨‍👩‍👧 ¿Pueden venir tus familiares contigo?

¡Sí! En el caso de estudios superiores, puedes traer a tus:

  • Cónyuge o pareja estable.
  • Hijos menores o mayores con discapacidad.
  • Persona que te brinde apoyo por enfermedad o discapacidad.

📌 Requisitos adicionales:

  • Medios económicos para toda la unidad familiar.
  • Seguro médico para los familiares.
  • No antecedentes penales ni situación irregular en España.
  • Los familiares no están autorizados a trabajar.

🔁 ¿Se puede prorrogar la autorización?

Sí. La solicitud de prórroga debe hacerse:

  • Entre 2 meses antes y 3 meses después de la fecha de expiración.
  • Por medios electrónicos y con la documentación actualizada.
  • La prórroga será por el tiempo que dure el nuevo curso (máx. 1 año).
  • Se permiten hasta 2 prórrogas para estudios superiores y 1 para secundaria postobligatoria.

También deberás solicitar la TIE nuevamente, dentro del primer mes tras recibir la resolución.


📩 ¿Tienes dudas sobre cómo solicitar tu autorización de estancia o la de tus familiares?

¡Estamos aquí para ayudarte!

📧 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
📲 O contáctanos directamente por WhatsApp al (+34) 660 785 376

En Orlando Ochoa Abogados te guiamos paso a paso para que tu proceso de estudios en España sea claro, legal y exitoso. ¡Tu futuro académico empieza hoy! 🎓✨

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EXCELENTE
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A base de 548 reseñas
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Willmer Barahona profile picture
Willmer Barahona
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Resolución Favorable, recomiendo al abogado Ochoa para cualquier trámite, te ayudan y te guían en el proceso. Contáctenlo.
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Liliana Perdomo profile picture
Liliana Perdomo
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Excelente experiencia con Ochoa Abogados, desde el primer momento me transmitieron mucha tranquilidad y confianza en un proceso que para mí era bastante importante y estresante. Me ayudaron en cada paso, resolvieron todas mis dudas con paciencia, claridad y mucha profesionalidad. Destaco sobre todo la cercanía y el trato humano que ofrecen, algo que hoy en día se valora muchísimo. Siempre estuvieron pendiente de mi expediente, informándome de cualquier novedad y asegurándose de que toda la documentación estuviera correctamente preparada. Gracias a su experiencia y dedicación, todo el proceso fue mucho más rápido y sencillo de lo que esperaba.
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Elisandro Dure profile picture
Elisandro Dure
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Tuve una experiencia excelente con Ochoa Abogados. Desde el primer momento demostraron gran profesionalidad, cercanía y un profundo conocimiento en temas de extranjería y nacionalidad. Todo el proceso fue claro, rápido y muy bien gestionado. Siempre estuvieron atentos a resolver mis dudas y me hicieron sentir acompañado en cada paso. Gracias a su dedicación y compromiso, obtuve resultados muy positivos. Sin duda, recomiendo este despacho a cualquier persona que busque abogados serios, eficaces y de confianza.
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Adriani Martinez
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Quiero recomendar al despacho Ochoa Abogados por el excelente trabajo realizado en mi trámite de residencia. Tomé contacto con ellos por recomendación de mi madre y mi hermana, quienes también tuvieron una buena experiencia. Desde el primer momento recibí una atención profesional, clara y cercana. Dejé encargado todo el proceso de residencia y, a día de hoy, ya tengo mi resolución favorable. Estoy muy agradecido por el acompañamiento y la gestión realizada durante todo el trámite. Sin duda, recomiendo sus servicios a quienes necesiten asesoría legal y gestión de extranjería.
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Ramona Alcaraz profile picture
Ramona Alcaraz
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Quiero agradecer enormemente a Ochoa Abogados por el excelente trabajo y la profesionalidad con la que llevaron mi caso. Contacté con ellos por recomendación de una amiga, ya que mi trámite había sido presentado anteriormente por otro despacho y no estaba bien gestionado. Desde el primer momento hicieron un seguimiento completo de mi expediente, revisaron toda la documentación y volvieron a presentar todo correctamente. Gracias a su dedicación y experiencia, hoy ya cuento con una resolución favorable. Estoy muy agradecida por el trato recibido, la atención constante y la tranquilidad que me transmitieron durante todo el proceso. Sin duda, recomiendo Ochoa Abogados a cualquier persona que necesite profesionales serios y comprometidos.
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Nancy Yessenia Rivas Iraheta
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Me siento muy agradecida por un buen trabajo 👏 muchas gracias ☺️
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Mabriel Reyes Rivera
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Muy profesionales, un trabajo impecable y rápido
ASISTENCIA AL DETENIDO EN COMISARÍA Y JUZGADOS

URGENCIAS 24 HS.

Abogados con más de 20 años de experiencia en extranjería, gestionado con rapidez y eficacia miles de procedimientos de nacionalidad española, residencia española, residencia y trabajo, reagrupaciones, renovaciones, arraigos, tarjetas comunitarias y otras autorizaciones en toda España.

España es uno de los destinos académicos más atractivos para estudiantes extranjeros. Si has sido admitido en un programa de educación secundaria postobligatoria o en estudios superiores, puedes solicitar una autorización de estancia de larga duración que te permitirá residir legalmente en el país durante todo el tiempo que duren tus estudios. ¡Aquí te lo explicamos todo! 🇪🇸📘


🎯 ¿Qué permite esta autorización?

Esta autorización está diseñada para estudiantes extranjeros que desean cursar:

🎓 Estudios superiores

  • Grados universitarios oficiales o títulos propios.
  • Enseñanzas artísticas superiores.
  • Formación profesional de grado superior (FP).
  • Enseñanzas profesionales de artes plásticas, diseño y deportivas de grado superior.

📍 Modalidad: presencial o híbrida. En estudios no universitarios se exige mínimo un 50% de presencialidad.

🧑‍🏫 Estudios de educación secundaria postobligatoria

  • Bachillerato.
  • Formación profesional de grado medio.
  • Enseñanzas artísticas profesionales de música y danza.
  • Enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
  • Enseñanzas deportivas de grado medio.

📍 Modalidad: presencial o semipresencial, también con al menos un 50% presencial.


⚖️ Normativa aplicable

  • Directiva (UE) 2016/801 sobre residencia con fines educativos.
  • Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos de los extranjeros.
  • Real Decreto 1155/2024, que regula el procedimiento.

✅ Requisitos clave

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • No estar en situación irregular ni suponer una amenaza para el orden o salud pública.
  • Tener más de 17 años para estudios superiores, o más de 18 años para secundaria postobligatoria.
  • Haber sido admitido en un centro educativo autorizado.
  • Contar con medios económicos suficientes (100% del IPREM para el solicitante, más un 75% por el primer familiar y un 50% por los demás).
  • Contar con seguro médico privado válido en España.
  • No tener antecedentes penales, si la estancia será superior a 6 meses.
  • Haber abonado la tasa correspondiente.

📂 ¿Qué documentación necesitas?

  • Pasaporte válido (mínimo un año).
  • Carta de admisión y justificante de pago de matrícula.
  • Certificado médico.
  • Justificante de medios económicos.
  • Seguro médico.
  • Certificado de antecedentes penales (si aplica).
  • Si es menor de edad, autorización de progenitores o tutores.
  • Justificante del pago de la tasa.

📌 Los documentos deben estar traducidos al castellano por traductor jurado y legalizados o apostillados según el país de origen.


✈️ ¿Cómo iniciar el procedimiento?

Desde fuera de España

  • Solicitud en el Consulado o Embajada de España en tu país.
  • Presentarla con mínimo 2 meses de antelación.
  • Plazo de resolución: 1 mes.
  • Una vez aprobado, recoge el visado en máximo 2 meses.
  • Si tu estancia supera los 6 meses, solicita la TIE (tarjeta de identidad de extranjero) dentro del primer mes en España.

Desde España (solo estudios superiores o secundaria postobligatoria)

  • Estar en situación regular en el país.
  • Presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería o a través de sede electrónica (Mercurio).
  • Plazo de resolución: 2 meses.
  • La autorización cubrirá todo el curso académico, con posibilidad de prórroga.

👨‍👩‍👧 ¿Pueden venir tus familiares contigo?

¡Sí! En el caso de estudios superiores, puedes traer a tus:

  • Cónyuge o pareja estable.
  • Hijos menores o mayores con discapacidad.
  • Persona que te brinde apoyo por enfermedad o discapacidad.

📌 Requisitos adicionales:

  • Medios económicos para toda la unidad familiar.
  • Seguro médico para los familiares.
  • No antecedentes penales ni situación irregular en España.
  • Los familiares no están autorizados a trabajar.

🔁 ¿Se puede prorrogar la autorización?

Sí. La solicitud de prórroga debe hacerse:

  • Entre 2 meses antes y 3 meses después de la fecha de expiración.
  • Por medios electrónicos y con la documentación actualizada.
  • La prórroga será por el tiempo que dure el nuevo curso (máx. 1 año).
  • Se permiten hasta 2 prórrogas para estudios superiores y 1 para secundaria postobligatoria.

También deberás solicitar la TIE nuevamente, dentro del primer mes tras recibir la resolución.


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