Vivir en España puede ser un buen plan para muchas personas, ya sea para el retiro, por descanso o simple aventura. Así, son muchos los extranjeros no comunitarios que tramitan anualmente una autorización de residencia no lucrativa. Pero si usted ya se encuentra en España y es poseedor de esta autorización, es probable que se esté preguntando cómo renovarla.
A continuación, le ofrecemos toda la información que necesita al respecto.
Residencia temporal no lucrativa
Ya sabemos que la residencia temporal no lucrativa es un permiso que autoriza a un extranjero extracomunitario a permanecer en España. Pero durante su permanencia en el país no le está permitido realizar actividad económica alguna, ni por cuenta propia ni ajena.
En este sentido, tal residencia temporal está destinada a aquellos extranjeros con medios económicos suficientes para su sustento y el de su familia, de ser el caso, durante el tiempo de permanencia en suelo español.
Otro aspecto relevante sobre la residencia temporal no lucrativa, es que su duración inicial es por un año. Aunque seguramente, se estará preguntando qué ocurre transcurrido este tiempo. Veamos cada supuesto:
Renovación de la residencia temporal no lucrativa: Requisitos
Pues bien, una vez llegado el vencimiento de la autorización en comento, podrá optar por tramitar su renovación por hasta dos años de vigencia. Sin embargo es importante destacar que se deben cumplir una serie de requisitos para que la renovación sea concedida.
Plazos para iniciar el trámite de renovación de la residencia temporal no lucrativa en Barcelona
Lo primero que deberá tener en cuenta es que el trámite de la renovación de la tarjeta de residencia temporal no lucrativa, debe iniciarse en el trascurso de 60 días previos a la fecha de expiración de la autorización. Aunque, la normativa permite solicitarla dentro de los 90 días posteriores a dicha fecha de vencimiento, pero existirá la posibilidad de que se inicie un procedimiento sancionador.
Requisitos
En términos generales, se puede afirmar que, para renovar su autorización de residencia temporal no lucrativa, debe demostrar que los criterios que le otorgaron el permiso inicial se mantienen. Sin embargo, deben señalarse algunas variaciones en estos requisitos.
Medios económicos suficientes
Tal como ocurre con la solicitud inicial de este tipo de residencia, lograr probar la solvencia económica es esencial. Así, recordemos que en un primer momento, el ciudadano extranjero debe demostrar que cuenta mensualmente con un 400% del IPREM para su sostenimiento. Mientras que, para cada familiar adicionalmente deberá contar con un 100%.
Ahora bien, en caso de renovación de esta residencia, deberá demostrar que se mantienen estas condiciones económicas. Pero, teniendo en cuenta que en esta oportunidad, el permiso de residencia temporal no lucrativo tendrá una vigencia de 2 años, se deberá demostrar la tenencia del doble de medios económicos, es decir, 800% del IPREM.
Lo mismo aplica para el monto de sustento de los familiares que acompañen al extranjero, se deberá doblar la cantidad requerida.
Permanencia legal
Si bien en un primer momento, la solicitud de esta autorización se realizaba desde el país de origen, la renovación obviamente implica que el extranjero se encuentra en territorio español. Por lo tanto, será exigible que sea un residente legal, Entendiéndose por tal a los extranjeros que permanezcan más de 183 días del año en España. Vale acotar que este año será computado desde el otorgamiento de la autorización.
Como consecuencia de lo anterior, al momento de tramitar la renovación se deberá demostrar, que ha estado 6 meses en el país. La manera más sencilla de demostrarlo es aportando facturas, movimientos bancarios, algún contrato de arrendamiento o recibos de servicios.
Contratación del seguro médico
Este requisito sigue siendo exigible, como lo era en la solicitud inicial.
Certificado de habitabilidad
El mismo tiene la finalidad de demostrar que el extranjero y su familia, en caso de que le acompañen, han estado viviendo en España en condiciones adecuadas. Esto, en atención a las dimensiones del inmueble donde habitan y las condiciones generales de la vivienda.
Escolarización de los menores de edad
Estrechamente relacionado con el requisito anterior, si se encuentra en España en compañía de sus hijos en edad escolar, deberá acreditar que se encuentran inscritos en el colegio y además asisten de manera regular. Este certificado lo emite el colegio en cuestión.
Al corriente con Hacienda y Seguridad Social
En este trámite, la administración prestará atención a su historial de deudas fiscales. De esta manera, no deberá tener deuda alguna con Hacienda Pública Española ni con la Seguridad Social. Por lo tanto, antes de iniciar su renovación asegúrese de pagar todas sus multas, tasas, o similares.
Libre de antecedentes penales y policiales
Este requisito también era exigible en la solicitud inicial de su residencia temporal no lucrativa. Pues es de suma importancia que se mantenga libre de problemas con la justicia en España.
Procedimiento de renovación
Para tramitar su renovación de residencia, deberá presentar la solicitud ante cualquier registro público, dirigido a la Oficina de Extranjería que corresponda a su lugar de residencia. Es importante destacar, que con la presentación de la solicitud, dentro del plazo de vigencia de la autorización, prorroga su validez hasta que se emita resolución.
El plazo para que la autoridad de respuesta a su solicitud, es de 3 meses. Por su parte, la vigencia de la renovación para autorización de residencia es de 2 años. Una vez notificada la resolución positivamente, tendrá un plazo de 1 mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía.
Asimismo, la residencia no lucrativa se podrá renovar por dos años, transcurridos los mismos, se podría volver a renovar por otros dos años más.
Finalmente, al momento de vencerse su permiso de residencia temporal no lucrativa, también tendrá la opción de no renovarle, sino de solicitar una modificación del permiso para que le sea posible trabajar.