Cumplir la mayoría de edad siendo titular de una autorización de residencia como menor extranjero no acompañado no significa quedarte sin protección. El reglamento de extranjería contempla una autorización renovada para que puedas continuar tu residencia en España de forma legal y segura, ¡y además te permite trabajar! Aquí te contamos todos los detalles clave de este importante trámite.
🔁 ¿Qué es esta autorización?
Es una residencia renovada destinada a personas extranjeras que, tras haber sido menores no acompañados bajo tutela y con residencia legal en España, alcanzan la mayoría de edad. Esta autorización permite trabajar por cuenta propia o ajena, sin tener en cuenta la situación nacional de empleo.
📌 Requisitos para solicitarla
Para acceder a esta autorización debes cumplir con lo siguiente:
- No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
- Haber sido titular de una autorización de residencia como menor no acompañado.
- Tener medios económicos suficientes, que pueden provenir de:
- Ingresos propios (empleo, sistema social, rentas, etc.).
- Un contrato de trabajo válido (mínimo 20 horas semanales).
- Estar incluido en un programa de inclusión de una entidad pública o privada.
- No tener antecedentes penales graves. Se valorarán también informes de entidades públicas o privadas sobre:
- Integración social.
- Continuidad en estudios o formación.
- Incorporación al mercado laboral.
📄 Documentación necesaria
Deberás presentar:
- Formulario EX-25 correctamente cumplimentado.
- Pasaporte o documento válido en vigor.
- Copia de tu TIE anterior.
- Prueba de medios económicos o contrato de trabajo.
- Informes de integración, estudios o inserción laboral (si los tienes).
- Representación legal (si aplica).
📌 Recuerda: si presentas documentos de otros países, deberán estar traducidos por traductor jurado y legalizados o apostillados según corresponda.
💻 ¿Dónde y cómo se presenta?
Puedes presentar la solicitud:
- Presencialmente, en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
- Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial (Mercurio).
La solicitud puede presentarse:
- Hasta dos meses antes de que venza tu autorización anterior.
- O en los tres meses posteriores a su vencimiento.
La presentación en plazo prorroga automáticamente tu autorización anterior hasta que se resuelva el trámite.
📆 Plazos y tasas
- Plazo de resolución: 3 meses desde la entrada de la solicitud. Si no hay respuesta, se entiende estimada por silencio administrativo.
- Tasa: modelo 790, código 052, epígrafe 2.2.6. Debe pagarse en los 10 días hábiles siguientes a la admisión a trámite.
🛂 ¿Qué pasa después?
Una vez aprobada la renovación, tienes un mes para solicitar tu nueva tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la Comisaría de Policía.
Esta nueva tarjeta incluirá la frase:
“Habilita para trabajar por cuenta propia y por cuenta ajena”, y su validez será de 2 años, renovables por otros 2 si sigues cumpliendo los requisitos.
🎯 En resumen
Este trámite es fundamental para asegurar la continuidad legal de los jóvenes extranjeros que han sido tutelados por el sistema de protección español y que ahora, al alcanzar los 18 años, desean seguir construyendo su vida en España con estabilidad y oportunidades.
¿Tienes dudas sobre este proceso o necesitas ayuda para tramitarlo correctamente?
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En Orlando Ochoa Abogados te acompañamos paso a paso.
