¿Tienes una residencia de larga duración-UE en otro país de la Unión Europea y ahora deseas establecerte en España? ¡Buenas noticias! Existe una autorización específica para personas extranjeras que ya cuentan con ese estatus en otro Estado miembro. Te explicamos paso a paso cómo solicitarla y qué necesitas para comenzar una nueva etapa en España.
🛂 ¿Qué es esta autorización?
Se trata de una residencia de larga duración nacional que pueden solicitar los extranjeros con residencia de larga duración-UE en otro país de la UE, permitiéndoles vivir y trabajar en España con todas las garantías legales.
📜 ¿Qué normativa la regula?
- Directiva 2003/109/CE del Consejo
- Ley Orgánica 4/2000 (art. 32.3)
- Real Decreto 1155/2024 (art. 179)
✅ Requisitos principales
Para optar por esta residencia, debes cumplir con lo siguiente:
- No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza
- No figurar como rechazable en países con convenio con España
- Ser titular de una residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro
- Contar con:
- Medios económicos y alojamiento
- O oferta de trabajo por cuenta ajena o propia
- O cumplir las condiciones para quedar exento de autorización laboral
- Abonar la tasa correspondiente
📑 Documentos necesarios
Dependiendo de tu situación laboral, estos son los principales documentos:
- Formulario EX-11 cumplimentado y firmado
- Copia del pasaporte completo
- Prueba de tu residencia de larga duración-UE en otro país europeo
- Justificante del pago de la tasa
- Según el caso:
- Si no trabajarás: prueba de medios económicos suficientes (400 % del IPREM) y seguro médico
- Si trabajarás por cuenta ajena:
- Documentación de la empresa
- Contrato de trabajo
- Pruebas de la solvencia de la empresa
- Si trabajarás por cuenta propia:
- Licencias o declaraciones responsables
- Certificados de capacitación profesional
- Prueba de inversión y posible generación de empleo
📌 Los documentos extranjeros deben estar traducidos al español por traductor jurado y legalizados o apostillados.
🧾 ¿Dónde y cuándo presentar la solicitud?
📍 Si estás en España:
- Presencialmente en la Oficina de Extranjería
- Telemáticamente por la sede electrónica del Ministerio (Mercurio)
- Plazo: Dentro de los 3 meses tras tu entrada a España
🌍 Si estás fuera de España:
- En la Oficina Consular española de tu país actual
- Plazo: En cualquier momento antes de ingresar al país
⏳ Plazos y vigencia
- El plazo para resolver la solicitud es de 2 meses
- Si no recibes respuesta, se considera desestimada por silencio administrativo
- Una vez aprobada:
- Tienes 3 meses para entrar a España
- La autorización entra en vigor según tu situación laboral
- Deberás pedir la TIE (tarjeta de identidad de extranjero) en el plazo de un mes tras la entrada en vigor
🪪 Duración de la TIE: 5 años. Se renueva cada 5 años hasta los 30 años de edad y, a partir de ahí, cada 10 años.
🤝 ¿Te ayudamos con el proceso?
Si ya resides legalmente en otro país europeo y quieres mudarte a España, nuestro equipo está preparado para gestionar tu solicitud de forma rápida y segura. Te asesoramos paso a paso y nos encargamos de toda la documentación.
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