Otra de las posibilidades con las que cuenta los extranjeros para regularizar su situación en España es la llamada autorización de residencia temporal por colaboración con autoridades policiales, fiscales o judiciales contra redes organizadas.
En este caso, quienes sean víctimas, perjudicados o testigos de los actos como tráfico ilícito de personas, inmigración ilegal, explotación laboral o de tráfico ilícito de mano de obra o de explotación en la prostitución abusando de su situación de necesidad y, además estén prestando su cooperación con las autoridades antes mencionadas, pueden optar por requerir una autorización temporal excepcional para residir y trabajar en España de manera regular.
Con ello se aúpa de alguna manera el esfuerzo que realiza el inmigrante al colaborar con autoridades de esa índole, con el claro fin de combatir la redes u organizaciones que están dedicados a la trata de personas, flagelo que afecta a nivel mundial.
¿Cómo se inicia el procedimiento para tramitar este tipo de autorización temporal excepcional?
En primer lugar, el extranjero debe contar con la correspondiente exención de responsabilidad y para ello la autoridad que se trate (policial, fiscal o judicial) y ante la cual esté prestando su colaboración deberá realizar un informe y lo enviará al órgano que esté instruyendo el expediente sancionador. Posteriormente, éste último propondrá al Delegado o Subdelegado de Gobierno en la provincia en la que se hubiera incoado el referido procedimiento, se exima de responsabilidad al interesado por la presunta infracción del artículo 53.1.a de la Ley Orgánica 4/2000.
Luego, el Delegado o Subdelegado de Gobierno tomará una decisión en cuanto a la exención o no de responsabilidad e informará al extranjero sobre la posibilidad de solicitar autorización temporal de residencia y trabajo o bien el retorno asistido a su país de procedencia.
Ahora, en el supuesto de no determinarse la exención de responsabilidad, se decidirá la continuación del procedimiento sancionador o la ejecución de la medida de expulsión o devolución suspendida.
¿Qué debes hacer para solicitar la autorización de residencia y trabajo en caso de haber sido eximido de responsabilidad?
Una vez notificado el extranjero sobre la posibilidad de requerir la autorización para residir y trabajar en España, éste deberá acudir personalmente o bien la persona que lo represente ante la autoridad policial de extranjería y la solicitud deberá estar dirigida al titular de la Secretaría de Estado de Seguridad.
En dicha oportunidad, el interesado deberá presentar: i) copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción y; ii) el documento público por el que se otorgue la representación legal en favor de la persona física que formule la solicitud, ello de ser el caso y; iii) el formulario oficial EX–10 y un duplicado debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante extranjero.
Con la admisión de la solicitud se devengará inmediatamente una tasa consular que tendrá que abonarse en un plazo de diez días hábiles y deberá usar el Modelo 790 código 052, epígrafe 2.5. El impreso para el abono se podrá descargar desde el portal de la Secretaría de Estado de la Función Pública.
Ahora bien, recibidos los requerimientos necesarios la unidad policial de extranjería enviará de inmediato la solicitud junto con el informe emitido por la autoridad con la que hubiese colaborado el interesado y el propio informe de la unidad policial en cuestión a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, que formulará a su vez una propuesta a la Secretaría de Estado de Seguridad para su resolución.
Es importante resaltar que, según lo prevé el artículo 137.4 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, el informe favorable de la unidad policial de extranjería supondrá la concesión de autorización provisional de residencia y trabajo.
Notificación de autorización
Seguidamente, la referida unidad policial de extranjería notificará al interesado la concesión o no de la autorización provisional de residencia y trabajo. En el primer caso, dicho permiso implicará la posibilidad de trabajar ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial.
¿En caso que aprueben la autorización provisional de residencia y permiso de trabajo qué debes hacer?
La autorización provisional tendrá validez desde la notificación de su concesión hasta que se dicte resolución sobre la autorización definitiva. Dentro del plazo de un mes el interesado deberá solicitar personalmente ante la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondiente, la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la que deberá constar que está autorizado a residir y trabajar en España, y podrá ser renovada con carácter anual.
En dicha oportunidad deberá aportar la correspondiente solicitud contenida en el modelo oficial EX-17, acompañada de su identidad mediante la exhibición de su pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción; el justificante del abono de la tasa de la tarjeta y 3 fotografías tamaño carné en color con fondo blanco.
La Tarjeta de Identidad debe ser renovada anualmente y, en todo caso, hasta que se dicte una resolución definitiva.
¿Qué sucede cuando la autoridad dicta la resolución definitiva?
Si se concreta una decisión definitiva favorable, ésta tendrá una vigencia de cinco años e implicará para la posibilidad de laborar por cuenta ajena y propia en cualquier ocupación, sector de actividad y ámbito territorial. Adicionalmente se exige la necesidad de tramitar, en un mes desde la concesión, una nueva Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Pero en el supuesto que la resolución se denegada, ello conllevará automáticamente a la pérdida de vigencia de la autorización provisional, sin necesidad de pronunciamiento administrativo expreso.
¿Cómo opera el retorno asistido del extranjero?
Cuando se produce la exención de responsabilidad del extranjero, éste puede optar por requerir su retorno asistido al país de origen ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno.
Dicho retorno comprenderá la evaluación de los riesgos y la seguridad, el transporte, la asistencia en el lugar de partida, tránsito y destino final.