Sujetos Legitimados para Hacer Trámites de Solicitud de Residencia

Muchas personas desean o se ven en la necesidad de solicitar residencia en España; sin embargo, para hacerlo es importante cumplir con algunos requisitos, entre ellos hacer la petición legal correspondiente. No obstante, esto implica realizar tramitaciones al respecto y saber quiénes son las personas que están autorizadas para llevarlas a cabo. Además, es de tener en cuenta que las condiciones y requisitos varían según el caso y a depender de la naturaleza del solicitante.

Es por ello que, en el presente artículo, explicamos detalladamente toda la información que es importante saber sobre este tema.

¿Quién puede tramitar una solicitud de residencia?

Cuando se va a realizar este tipo de tramitaciones, no todas las personas tienen el permiso para hacerlo, entonces quien vaya a tramitarla tendrá que estar acreditada por el organismo al cual representa.

Ahora bien, suele suceder que una empresa u organización esté interesada en adquirir la residencia para alguno de sus miembros, de la misma manera una persona jurídica puede desear tramitarla, y también hay organizaciones que podrían optar por este beneficio. Entonces, tendrán que otorgar un poder a alguno de sus miembros para que el mismo esté legitimado y pueda realizarlo.

Es así que empresarios individuales, sociedades anónimas o limitadas, fundaciones, asociaciones y administraciones u organismos públicos, tienen el derecho y la posibilidad de solicitar una residencia, pudiendo hacerlo por medio de personal específico, el cual deberá estar debidamente acreditado para ello.

¿Qué se debe entender por sujeto legitimado?

Un sujeto legitimado, es la persona responsable de hacer un trámite legal ante algún organismo, asumiendo el compromiso de firmar las solicitudes respectivas y a su vez, garantizar que los datos consignados en las mismas sean veraces.

Esto implica obligaciones y deberes ante la ley, por lo cual no todas las personas pueden ser sujetos legitimados, pues para ello será necesario ostentar algún documento que demuestre su identidad y además, que lo acredite para realizar la solicitud que desea llevar a cabo.

Por otra parte y a depender de aquello que solicite, se le exigirá un tipo u otro de documentación, por lo cual para ser un sujeto legitimado, se requiere de contar con el respaldo de una organización, o al menos estar autorizado por otra persona, e incluso a veces, se necesita poseer un poder debidamente registrado o notariado.

De esta manera y en el caso de que se desee solicitar una residencia, los requisitos para ser un sujeto legitimado podrían variar dependiendo de las circunstancias específicas del organismo o de la persona que tramita.

Cuáles son los documentos que se necesitan para solicitar una residencia

La documentación a consignar será ligeramente diferente en cada caso. Cuando se trata de un empresario individual, el mismo debe presentar copia del NIE o del NIF personal, asimismo presentará estos documentos de la persona que realiza la solicitud y de quien la firma, además del NIF de la empresa.

En otros casos será de la siguiente manera:

Para las Sociedades Anónimas y limitadas

Sí el trámite lo hace una Sociedad Anónima (SA) o una Sociedad Limitada (SL), entonces se entregará el poder para presentar solicitudes, y el NIE o NIF de quien la presenta. Junto a esto, consignará copia de la constancia que demuestre la relación, que el solicitante tiene con la empresa, acompañada con el NIF de la organización y de los estatutos de la misma.

Fundaciones y otros tipos de asociaciones

En el caso de que sea una fundación o asociación quien vaya a solicitar la residencia, tendrá que acreditar un documento debidamente inscrito en el registro público, donde conste que ostenta el poder para representar a mencionado organismo, o en todo caso, un documento notariado que haga contar el apoderamiento.

También consignarán el NIF del sujeto que realiza el trámite, junto con el de la persona que cumple con el trabajo de contratar empleados y el de la fundación o asociación.

De las Administraciones Públicas

Cuando sea una administración o un organismo púbico quien esté interesado en tramitar, entonces tendrá que hacerlo la persona que tenga autoridad para contratar personal, si no es así, entregarán una resolución válida para demostrar que posee los derechos de presentar la solicitud, y el NIF del funcionario que lo hace.

Es importante aclarar que en todos los casos anteriores, la fotocopia del NIF solamente será necesaria cuando el sujeto que realiza la solicitud, no desee otorgar el consentimiento para que sus datos sean constatados, por medio del sistema de verificación oficial.

Asimismo se aclara, que la persona que firma, debe cumplir con todos los requisitos exigidos para hacerlo y además, demostrar que es el sujeto legitimado por el organismo que representa. Solamente de esta manera, podrá completar la tramitación.

Tips generales para realizar estos trámites

En primer lugar se debe contar con un documento válido que demuestre la identidad de quien realiza y firma la solicitud. Seguidamente, será necesaria una autorización de la organización a la cual se representa o, en todo caso, poseer un poder legal que permita actuar en nombre de otra persona. Además, se deberán consignar los documentos necesarios según sean las exigencias de la entidad que los recibirá.

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