Cuáles son los supuestos para que la situación nacional de empleo permita que extranjeros sean contratados cuando no son residentes en España

Existen ciertas condiciones para que un extranjero no residente en el país, pueda ser contratado. La situación nacional de empleo contempla esta posibilidad, dependiendo de la naturaleza y los fines de la actividad laboral a realizar. De igual manera, se hace necesario considerar los intereses del ciudadano que será contratado e, incluso, su situación familiar y profesional.

Es por ello que todas estas cuestiones de relevancia serán descritas con detalle en las siguientes líneas.

¿Qué es el Servicio Nacional de Empleo?

Es un conjunto de medidas y acciones destinadas a promover el trabajo en España. Está a cargo de la Administración Pública y su finalidad consiste en lograr que las plazas disponibles sean ocupadas por empleados capacitados y eficientes, logrando así que las necesidades sociales en cuanto al trabajo sean cubiertas. Incluso, da cabida para que extranjeros cualificados realicen labores remuneradas dentro del territorio nacional.

Para garantizar cumplir a cabalidad su labor, este servicio se encarga de organizar, promover y distribuir la información necesaria para que la situación nacional de empleo sea atendida de la manera más eficiente posible. Para ello elabora estadísticas y lleva registros de la comunicación para las contrataciones de las personas trabajadoras, ya sea de manera individual o colectiva.

Supuestos para la contratación de extranjeros

Dependiendo de la actividad que se vaya a realizar y de la cualificación profesional que demuestre poseer el aspirante al trabajo, los requisitos que serán exigidos podrán variar ligeramente. Sin embargo, todo dependerá de la oferta real de empleos y de las vacantes no ocupadas al respecto; por ello, aunque los supuestos para contratar personal extranjero son amplios, es importante tener en cuenta los detalles referidos a cada uno en particular.

Generalmente los puestos de trabajo ofrecidos corresponden a los que figuran como de difícil cobertura dentro del catálogo de ocupaciones. Este catálogo se publica cada tres meses por el Servicio Público de Empleo y de allí se desprenden en gran medida, las ofertas laborales que se publican.

En este sentido, El Servicio Público de Empleo certifica que la gestión pública de contrataciones concluyó sin que nadie ocupara el cargo. Seguidamente, la Oficina de Extranjería procederá a aportar la oferta de trabajo publicada, junto con su certificación.

De esta manera y según sea la naturaleza de la labor a realizar, las condiciones serán distintas. Tal es el caso de los ciudadanos de Chile o Perú y cuando sea un supuesto incluido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000

¿Cómo son las condiciones para los familiares?

Se considerará que el conyugue o los hijos del extranjero contratado que residan en España deberán consignar el DNI o el TIE, junto con el certificado de matrimonio o de nacimiento, según el vínculo que posean.

Asimismo, los familiares reagrupados, que tengan edad laboral, los hijos de español naturalizado o los ciudadanos de la Unión Europea que lleven un año de residencia legal aportarán DNI, TIE y certificado de registro que confirme la vinculación entre él y el empleado.

También podrán optar por este beneficio los extranjeros que tengan ascendentes o descendientes que ostenten la nacionalidad española. Para ello, consignarán el certificado de parentesco o, la documentación necesaria cuando el ciudadano dependiente sea mayor de 18 años. En un caso similar, cuando se sea hijo o nieto de un español por nacimiento, presentará los documentos que comprueben el vínculo.

¿Qué ocurre según la situación migratoria del trabajador?

Sí el extranjero gozara del amparo legal como ciudadano refugiado, durante la aplicación del cese de la Convención de Ginebra o que haya sido reconocido como apátrida, se acreditará por medio de presentar el certificado del organismo competente.

De otra manera, los extranjeros que ya hubiesen trabajado en el país durante dos años o más de manera consecutiva, aunque haya regresado a su país, también podrán postularse para la contratación, siempre y cuando presenten el certificado del consulado correspondiente en su país de origen, acreditando el retorno a suelo español.

Así, los  trabajadores que hayan renunciado a su autorización de residencia y trabajo como consecuencia de retornar voluntariamente a su lugar de origen, podrán postularse una vez que finalice el plazo de no retorno, sin que ello les perjudique en ninguna medida.

¿Cuáles extranjeros pueden ser contratados en España?

Para tener la posibilidad de ser contratado como individuo extranjero no residente, será necesario tener en vigencia los documentos que se refieran a demostrar la identidad del solicitante, los cuales deberán ser válidos según las leyes establecidas por el gobierno español.

Directivos

Este tipo de ofertas laborales, incluye al personal que ocupa altos cargos directivos y de confianza en empresas, y que posean un poder para ejercer sus funciones, en representación legal de la compañía a la cual pertenecen. En estos casos deben consignar el poder que ostentan, debidamente legalizado y las acreditaciones de la organización donde trabajan.

Para operar maquinaria

En el supuesto de que la oferta laboral se dirija al personal necesario para montar o renovar equipos de producción, se deberá acreditar el certificado de la empresa y documentación del empleado.

Profesionales que realicen investigaciones

Los profesionales que se dediquen a realizar trabajos de investigación o de desarrollo docente de alta cualificación, y también actividades artísticas de interés cultural, podrán aprovechar las ofertas de empleo publicadas, siendo contratados en base al proceso para autorizar la entrada, residencia y trabajo español.

Exigencias para la contratación colectiva de extranjeros en Barcelona

El Servicio Nacional de Empleo contempla la posibilidad de contratar grupos de trabajadores. Esto será así, cuando la empresa en cuestión muestre interés y cumpla con los requisitos de ley para realizar operaciones comerciales en territorio español.

Además justificará que el conocimiento de sus empleados es indispensable para el desarrollo de la actividad que realizan. En tal sentido, será necesario acreditar, la documentación que demuestre las titulaciones de los empleados, y que estas cubren específicamente los requerimientos que la empresa necesita, para poder seguir desarrollando cabalmente todas sus funciones.

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