Cuáles son los supuestos para que la situación nacional de empleo permita que extranjeros sean contratados cuando no son residentes en España

Existen ciertas condiciones para que un extranjero no residente en el país, pueda ser contratado. La situación nacional de empleo contempla esta posibilidad, dependiendo de la naturaleza y los fines de la actividad laboral a realizar. De igual manera, se hace necesario considerar los intereses del ciudadano que será contratado e, incluso, su situación familiar y profesional.

Es por ello que todas estas cuestiones de relevancia serán descritas con detalle en las siguientes líneas.

¿Qué es el Servicio Nacional de Empleo?

Es un conjunto de medidas y acciones destinadas a promover el trabajo en España. Está a cargo de la Administración Pública y su finalidad consiste en lograr que las plazas disponibles sean ocupadas por empleados capacitados y eficientes, logrando así que las necesidades sociales en cuanto al trabajo sean cubiertas. Incluso, da cabida para que extranjeros cualificados realicen labores remuneradas dentro del territorio nacional.

Para garantizar cumplir a cabalidad su labor, este servicio se encarga de organizar, promover y distribuir la información necesaria para que la situación nacional de empleo sea atendida de la manera más eficiente posible. Para ello elabora estadísticas y lleva registros de la comunicación para las contrataciones de las personas trabajadoras, ya sea de manera individual o colectiva.

Supuestos para la contratación de extranjeros

Dependiendo de la actividad que se vaya a realizar y de la cualificación profesional que demuestre poseer el aspirante al trabajo, los requisitos que serán exigidos podrán variar ligeramente. Sin embargo, todo dependerá de la oferta real de empleos y de las vacantes no ocupadas al respecto; por ello, aunque los supuestos para contratar personal extranjero son amplios, es importante tener en cuenta los detalles referidos a cada uno en particular.

Generalmente los puestos de trabajo ofrecidos corresponden a los que figuran como de difícil cobertura dentro del catálogo de ocupaciones. Este catálogo se publica cada tres meses por el Servicio Público de Empleo y de allí se desprenden en gran medida, las ofertas laborales que se publican.

En este sentido, El Servicio Público de Empleo certifica que la gestión pública de contrataciones concluyó sin que nadie ocupara el cargo. Seguidamente, la Oficina de Extranjería procederá a aportar la oferta de trabajo publicada, junto con su certificación.

De esta manera y según sea la naturaleza de la labor a realizar, las condiciones serán distintas. Tal es el caso de los ciudadanos de Chile o Perú y cuando sea un supuesto incluido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000

¿Cómo son las condiciones para los familiares?

Se considerará que el conyugue o los hijos del extranjero contratado que residan en España deberán consignar el DNI o el TIE, junto con el certificado de matrimonio o de nacimiento, según el vínculo que posean.

Asimismo, los familiares reagrupados, que tengan edad laboral, los hijos de español naturalizado o los ciudadanos de la Unión Europea que lleven un año de residencia legal aportarán DNI, TIE y certificado de registro que confirme la vinculación entre él y el empleado.

También podrán optar por este beneficio los extranjeros que tengan ascendentes o descendientes que ostenten la nacionalidad española. Para ello, consignarán el certificado de parentesco o, la documentación necesaria cuando el ciudadano dependiente sea mayor de 18 años. En un caso similar, cuando se sea hijo o nieto de un español por nacimiento, presentará los documentos que comprueben el vínculo.

¿Qué ocurre según la situación migratoria del trabajador?

Sí el extranjero gozara del amparo legal como ciudadano refugiado, durante la aplicación del cese de la Convención de Ginebra o que haya sido reconocido como apátrida, se acreditará por medio de presentar el certificado del organismo competente.

De otra manera, los extranjeros que ya hubiesen trabajado en el país durante dos años o más de manera consecutiva, aunque haya regresado a su país, también podrán postularse para la contratación, siempre y cuando presenten el certificado del consulado correspondiente en su país de origen, acreditando el retorno a suelo español.

Así, los  trabajadores que hayan renunciado a su autorización de residencia y trabajo como consecuencia de retornar voluntariamente a su lugar de origen, podrán postularse una vez que finalice el plazo de no retorno, sin que ello les perjudique en ninguna medida.

¿Cuáles extranjeros pueden ser contratados en España?

Para tener la posibilidad de ser contratado como individuo extranjero no residente, será necesario tener en vigencia los documentos que se refieran a demostrar la identidad del solicitante, los cuales deberán ser válidos según las leyes establecidas por el gobierno español.

Directivos

Este tipo de ofertas laborales, incluye al personal que ocupa altos cargos directivos y de confianza en empresas, y que posean un poder para ejercer sus funciones, en representación legal de la compañía a la cual pertenecen. En estos casos deben consignar el poder que ostentan, debidamente legalizado y las acreditaciones de la organización donde trabajan.

Para operar maquinaria

En el supuesto de que la oferta laboral se dirija al personal necesario para montar o renovar equipos de producción, se deberá acreditar el certificado de la empresa y documentación del empleado.

Profesionales que realicen investigaciones

Los profesionales que se dediquen a realizar trabajos de investigación o de desarrollo docente de alta cualificación, y también actividades artísticas de interés cultural, podrán aprovechar las ofertas de empleo publicadas, siendo contratados en base al proceso para autorizar la entrada, residencia y trabajo español.

Exigencias para la contratación colectiva de extranjeros en Barcelona

El Servicio Nacional de Empleo contempla la posibilidad de contratar grupos de trabajadores. Esto será así, cuando la empresa en cuestión muestre interés y cumpla con los requisitos de ley para realizar operaciones comerciales en territorio español.

Además justificará que el conocimiento de sus empleados es indispensable para el desarrollo de la actividad que realizan. En tal sentido, será necesario acreditar, la documentación que demuestre las titulaciones de los empleados, y que estas cubren específicamente los requerimientos que la empresa necesita, para poder seguir desarrollando cabalmente todas sus funciones.

Llámanos en cualquier momento

930 232 886

Agenda una cita

Agenda una cita

Nuestros clientes

Excelente
A base de 435 reseñas
ERIKA BECERRA
ERIKA BECERRA
2023-11-13
Soy de Perú 🇵🇪🇵🇪 Mis familiares son clientes del despacho me recomendaron tomé contacto con Ochoa & Abogados deje encargado los trámites de residencia de mi hijo y la mía al día de hoy ya tenemos resolución favorable. Los recomiendo por su buen trabajo y eficacia.
Fernando Pereira
Fernando Pereira
2023-11-09
Soy de Bolivia 🇧🇴🇧🇴🇧🇴 Pasaba por la zona y me llamó la atención el despacho y también me recomendó amistades que han realizado trámites con ellos. Deje encargado mi residencia comunitaria y hoy día ya tengo mi resolución favorable. Los recomiendo por su buen trabajo.
Elida Ramona Román
Elida Ramona Román
2023-11-08
Soy de Paraguay 🇵🇾🇵🇾🇵🇾 Por recomendación de amigos que son clientes del despacho que tramitaron su nacionalidad española con ellos deje encargado mi trámite de nacionalidad al día de hoy ya tengo concedida en menos de 6 meses me salió favorable. Los recomiendo por su eficacia y rapidez.
D`anniel :v
D`anniel :v
2023-11-07
Soy de Perú 🇵🇪🇵🇪🇵🇪 Los encontré por redes Sociales Me contacte con ellos y dejé encargado mi prórroga por estancia por estudios, hoy ya Tengo mi resolución Favorable, se los recomiendo
Karen Padilla
Karen Padilla
2023-10-19
Soy de Honduras 🇭🇳🇭🇳🇭🇳 Por recomendación de mi familia tome contacto con el despacho y deje encargado mi nacionalidad hoy día ya tengo mi resolución favorable. Los recomiendo.
Criss Martinez
Criss Martinez
2023-10-19
Soy de Honduras 🇭🇳🇭🇳🇭🇳 Por recomendación de familiares tomé contacto con Ochoa & Abogados y dejé encargado mi trámite de residencia. Hoy día ya tengo mi resolución. Los recomiendo.
Elena Ramírez
Elena Ramírez
2023-09-21
Soy del Salvador 🇸🇻🇸🇻🇸🇻 Tome contacto con el despacho Ochoa & Abogados por recomendación de mi hermana y cuñado que ya son clientes me asesoraron y me ayudaron a tramitar mi permiso de residencia hoy ya tengo mi resolución favorable, recomendados por su buen trabajo y eficacia.
Nicanor Hinojosa Merida
Nicanor Hinojosa Merida
2023-09-19
Soy de Bolivia 🇧🇴🇧🇴🇧🇴 Todos los trámites los hemos realizado con el despacho Ochoa & Abogado todo ha ido muy rápido, respuesta favorable en residencia, renovación y nacionalidad, los recomiendo por su bien trabajo rapidez y eficacia en los trámites.
Margarita Benítez
Margarita Benítez
2023-09-14
Soy de Paraguay 🇵🇾 Paraguay 🇵🇾 🇵🇾 Realicé mi trámite de Nacionalidad Española con el despacho Ochoa Abogados, y la verdad el trato fue excelente y muy profesional. Desde el primer momento estuvieron dispuestos a resolver mis dudas y me indicaron todos los documentos necesarios y todos los pasos a seguir incluso antes de contratar sus servicios, lo cual agradezco enormemente porque yo estaba con muchas dudas y no sabía por donde empezar. En una sola cita realizamos todo el trámite, y ahora ya tengo mi nacionalidad, en un tiempo récord gracias al trabajo impecable del abogado Orlando Ochoa. También ahora estoy dando inicio el trámite de la tarjeta comunitaria de mi pareja. Lo recomiendo a todo el mundo que quiera realizar sus trámites con la máxima eficacia y profesionalidad, gracias, gracias…abogado Ochoa.
ASISTENCIA AL DETENIDO EN COMISARÍA Y JUZGADOS

URGENCIAS 24 HS.

Abogados con más de 15 años de experiencia en extranjería, gestionado con rapidez y eficacia miles de procedimientos de nacionalidad española, residencia española, residencia y trabajo, reagrupaciones, renovaciones, arraigos, tarjetas comunitarias y otras autorizaciones en toda España.