¿Tienes un vínculo familiar con alguien que tenga nacionalidad española o de otro país de la Unión Europea? Entonces puede que tengas derecho a una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. Este documento es clave para poder vivir y trabajar legalmente en España por más de tres meses. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para solicitarla ✅
👨👩👧👦 ¿A quién aplica esta tarjeta?
A todas las personas extranjeras que no tienen nacionalidad de un país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, pero que tienen un vínculo familiar con un ciudadano de alguno de los siguientes países:
🇪🇺 Estados miembros de la UE: España, Francia, Alemania, Italia, Portugal, etc.
🌍 Otros países del EEE y Suiza: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.
👉 Para solicitarla, el ciudadano europeo debe residir en España y tú debes acompañarlo o reunirte con él aquí.
📜 Normativa que regula este trámite
- Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo.
- Real Decreto 240/2007, sobre residencia de ciudadanos UE en España.
- Orden PRE/1490/2012, aplicación del artículo 7 del Real Decreto.
✅ Requisitos principales
Para poder acceder a la tarjeta:
- Debes tener un vínculo familiar válido con el ciudadano de la Unión.
- El ciudadano de la Unión debe residir legalmente en España, ya sea:
- Como trabajador (por cuenta ajena o propia),
- Con medios económicos suficientes y seguro médico,
- Como estudiante con seguro médico y recursos propios.
💡 Además, tu parentesco debe estar debidamente acreditado.
👥 ¿Qué familiares pueden solicitarla?
Se reconocen diferentes vínculos, entre ellos:
Si el ciudadano de la UE es estudiante:
- Cónyuge o pareja registrada.
- Hijo propio o del cónyuge/pareja menor de 21 años (o mayor si depende económicamente).
- Otros familiares a cargo o convivientes.
- Pareja estable no registrada con al menos un año de convivencia o con hijos en común.
En otros casos:
- Cónyuge o pareja registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores si están a cargo.
- Ascendientes (padres o abuelos) que vivan a cargo del ciudadano de la Unión.
- Otros familiares con dependencia económica, convivencia acreditada o por motivos de salud.
📄 Documentación necesaria
- Modelo EX-19 de solicitud.
- Pasaporte completo y en vigor del solicitante.
- Pruebas del vínculo familiar (certificado de matrimonio, nacimiento, convivencia, etc.).
- Pruebas del cumplimiento de requisitos por parte del ciudadano de la Unión:
- Contrato de trabajo, alta en Seguridad Social, seguro médico, matrícula si es estudiante, etc.
- Una fotografía reciente tamaño carné.
- DNI del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano UE.
📌 Si presentas documentos de otro país, deben estar traducidos al español por traductor jurado y legalizados o apostillados según el caso.
📝 ¿Cómo y cuándo se presenta la solicitud?
- ¿Quién la presenta? El familiar del ciudadano de la Unión, personalmente.
- ¿Dónde? En la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de tu provincia.
- ¿Cuándo? Dentro de los 3 meses posteriores a tu entrada en España.
- ¿Qué recibes? Un resguardo que acredita tu estancia legal hasta que se emita la tarjeta.
- ¿Cuánto tarda? La tarjeta debe expedirse en un plazo máximo de 3 meses desde que presentas la solicitud.
- ¿Cuánto dura? La tarjeta tiene una validez de 5 años (o el tiempo que dure la residencia del ciudadano europeo si es menor a 5 años).
- ¿Cuánto cuesta? Se paga mediante el modelo 790 código 052.
¿Tienes dudas sobre tu caso en particular o necesitas ayuda con los documentos?
📩 Escríbenos a info@orlandoochoaabogados.com
📲 O contáctanos directamente por WhatsApp al (+34) 660 785 376
En Orlando Ochoa Abogados te acompañamos en todo el proceso para que puedas vivir legalmente en España junto a tu familia.
