La reagrupación familiar es un derecho que tienen los ciudadanos extranjeros que residen legalmente en España, permitiéndoles traer a sus seres queridos al país y proporcionándoles un permiso legal de residencia y empleo. Es una forma de facilitar la integración social y familiar de los inmigrantes y de mejorar su calidad de vida.
Pero, ¿Cómo se puede solicitar la reagrupación familiar? ¿Qué requisitos se deben cumplir? ¿Qué familiares se pueden reagrupar? ¿Qué beneficios tiene este proceso?
¿Qué es la reagrupación familiar?
La reagrupación familiar es un procedimiento migratorio legal en el que un ciudadano extranjero con residencia en España y con su autorización de residencia actualizada tiene la posibilidad de traer a sus parientes al país.
Así, puede facilitarles un permiso de residencia y laboral, que tendrá una duración equivalente a la del reagrupante (la persona que inicia el proceso de reunificación).
El visado permite a su poseedor vivir en España por un periodo que supera los 90 días.
¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar la reagrupación familiar?
Para poder solicitar la reagrupación familiar, el reagrupante debe cumplir una serie de requisitos que varían según el tipo de autorización que tenga. Los requisitos más comunes son:
- Tener una autorización de residencia temporal o de larga duración renovada.
- Haber residido en España durante al menos un año y tener concedida la autorización para residir al menos otro año más.
- Disponer de una vivienda apropiada para acoger a los familiares que se reúnen.
- Contar con recursos económicos regulares y estables para satisfacer las necesidades de la familia, sin recurrir a ayudas sociales del sistema español.
- No tener antecedentes penales, ni en España ni en otros países en los que se haya vivido con anterioridad.
- No tener prohibida la entrada en España ni ser considerado una amenaza para la seguridad nacional o el orden público.
¿Qué familiares se pueden reagrupar?
Los familiares que pueden realizar el procedimiento son:
- El cónyuge o la persona con la que el reagrupante mantenga una relación sentimental equiparable al matrimonio, siempre y cuando no estén separados o divorciados.
- Los hijos del residente extranjero y de su cónyuge o pareja, incluyendo a los adoptados, siempre que sean menores de 18 años o adultos con discapacidades que, debido a su condición, no puedan satisfacer sus necesidades de forma autónoma.
- Otros menores cuando el extranjero residente sea su representante legal y esté acreditado que el ejercicio de dicha representación le ha sido conferido por una resolución judicial o administrativa expedida conforme al Derecho del país de origen.
- Los progenitores del extranjero residente, de su cónyuge o pareja, siempre que estén a cargo del mismo, tengan 65 años o más, y existan motivos que justifiquen la necesidad de concederles la residencia en España.
¿Qué beneficios tiene la reagrupación familiar?
La reagrupación familiar tiene varios beneficios. Entre ellos, destacamos los siguientes:
- Los familiares obtienen un permiso de residencia y de trabajo que les permite acceder al mercado laboral español con las mismas condiciones que los españoles.
- Se adquiere el derecho a la asistencia sanitaria pública y a la educación obligatoria gratuita, así como a otros servicios sociales y prestaciones públicas.
- Es posible solicitar la renovación del permiso cuando el reagrupante renueve el suyo, sin necesidad de cumplir los requisitos anteriores.
- A los cinco años, se puede solicitar la residencia independiente.
- A los diez años, se puede solicitar la nacionalidad española.
¿Cómo se solicita la reagrupación familiar?
El procedimiento para solicitar la reagrupación familiar se divide en dos fases: una fase inicial en España y una fase posterior en el país de origen o procedencia de los familiares.
En la etapa inicial, la persona que solicita la reagrupación tiene que presentar la petición de permiso de residencia por reunificación familiar en la Oficina de Extranjería.
La Oficina de Extranjería dispone de un periodo de tres meses para tomar una decisión respecto a la solicitud. Si la resolución es favorable, se le notificará al reagrupante y se le expedirá una certificación que deberá enviar a sus familiares.
En la segunda fase, los familiares deben solicitar un visado de reagrupación familiar en régimen comunitario en el consulado español del país donde residan, presentando la certificación expedida por la Oficina de Extranjería y la documentación requerida.
El consulado tiene un plazo de dos meses para resolver la solicitud. Si el visado es concedido, los familiares disponen de dos meses para entrar en España.
Una vez en el país, deben solicitar su tarjeta de identidad de extranjero en la comisaría de policía correspondiente a su domicilio, presentando el pasaporte con el visado y la documentación requerida.
¿Necesitas ayuda con tu solicitud?
La reagrupación familiar es un procedimiento complicado. Por ello, se aconseja buscar la orientación de un experto en asuntos de inmigración que pueda guiarte a lo largo de todo el proceso.
En Orlando Ochoa Abogados somos expertos en reagrupación familiar y podemos ayudarte a tramitar tu solicitud con éxito. Ponte en contacto con nosotros y cuéntanos tu caso. Te ofreceremos un servicio personalizado, eficaz y transparente, adaptado a tus necesidades.