NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR MATRIMONIO

El vínculo matrimonial trae consigo una serie de derechos y obligaciones entre los cónyuges. De igual forma, cuando estos tienen nacionalidades diferentes, puede generarse la expectativa en uno de ellos sobre adquirir la ciudadanía del otro.

En el caso particular de España, veremos si es posible adquirir la nacionalidad española únicamente por la celebración del matrimonio o si se debe cumplir con otros extremos legales.

Matrimonio como modo de adquisición de la nacionalidad española

Antes de generar falsas expectativas, lo primero que debemos aclarar es que la expresión “nacionalidad española por matrimonio” es imprecisa. Esto es así, porque el hecho de estar casado con un nacional español, no concede de forma directa la ciudadanía española. Sin embargo, sí es una ventaja al momento de optar a la ciudadanía por residencia, ya que el plazo de residencia se verá drásticamente reducido.

Dicho de otro modo, podremos casarnos con un ciudadano español y esto no significa que automáticamente seremos ciudadanos españoles. Por el contrario, el cónyuge extranjero tendrá que cumplir con los mismos requisitos que aquel que no estuviera casado con un nacional.

La diferencia es que, en lugar de esperar 10 años de residencia legal en España, bastará con 1 año. Por supuesto, esto a su vez conlleva a acreditar el tiempo de matrimonio y convivencia, ya veremos cómo.

Requisitos para solicitar la nacionalidad española siendo cónyuge de un ciudadano español

Aclarado lo anterior, pasemos a conocer con precisión los requisitos que deberá reunir el cónyuge extranjero para solicitar la nacionalidad española.

En términos generales, deberán ser los mismos que para optar a la nacionalidad por residencia. De manera que, resaltaremos los solicitados específicamente para estos casos de matrimonio con un nacional español.

Un año de residencia legal

En primer lugar, el solicitante debe haber residido en el territorio español de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud, durante un año. En este sentido, es de destacar que, sin importar que tengan más tiempo casados, el factor determinante es que el último año previo a la solicitud los cónyuges hayan residido en España.

Por lo anterior, no será posible iniciar el trámite bajo este supuesto para quienes, por ejemplo, tengan casados 15 años, pero el último año fueron residentes en otro país, puesto que, el tiempo se computa a partir del otorgamiento de la residencia, no de la celebración del matrimonio.

Estar casado mínimo un año con un ciudadano español

En consonancia con lo anterior, el tiempo mínimo de matrimonio será precisamente este último año de residencia conjunta como matrimonio legal en España. Pero además, deben continuar casados después de realizada la solicitud.

Asimismo, no pueden estar separados de hecho ni de derecho y no puede tratarse de una unión de hecho. En consecuencia, se solicitará el certificado de matrimonio y DNI del cónyuge nacional.

Estar empadronados juntos

Esto es parte de la documentación para acreditar la convivencia real de los cónyuges, evitando así la proliferación de los llamados matrimonios de conveniencia, en los que las personas contraen nupcias con el único fin de adquirir la nacionalidad.

El empadronamiento de ambos como un matrimonio en la misma vivienda, es fundamental y debe ser probado con los documentos de empadronamiento respectivos.

Suficientes medios económicos

A través de cualquier medio de prueba válido (normalmente documentaria), el cónyuge extranjero debe acreditar que sus ingresos son suficientes para llevar un nivel de vida digno en el territorio español. Esto sin importar si su origen es de trabajo por cuenta ajena, propia o rendimientos de capital.

Certificado de antecedentes penales

El solicitante debe demostrar que tiene un historial delictivo sin antecedentes penales. Esto a los fines de demostrar que su conducta será positiva a la sociedad.

Es de recordar que, en este caso, será necesario aportar los antecedentes penales emitidos por el país de origen, así como la constancia de no poseer antecedentes penales ante el Ministerio de Justicia.

Integración cultural

Se puede entender que, al estar casado con un ciudadano español, el cónyuge estará más integrado a esta cultura. No obstante, será importante que el cónyuge solicitante aporte los medios de prueba de dicha integración. Esto se logra a través de la aprobación del examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE) y, en caso de no ser hispanoparlante, la prueba de idiomas (DELE A2).

¡Importante tomar en cuenta al realizar la solicitud en Barcelona!

La documentación señalada, así como cualquier otra, por ejemplo, pasaporte completo, tarjeta de residencia como familiar de comunitario, entre otros, deben estar vigentes. Esto es esencial para la tramitación de su solicitud.

En este orden de ideas, toda documentación emitida en el extranjero deberá estar traducida, legalizada y apostillada para surtir sus efectos en España.

Plazos a tener en cuenta

Se estima que el tiempo máximo para la concesión o denegación de la nacionalidad española es de 2 años, aproximadamente. Sin embargo, este plazo podría acortarse o alargarse dependiendo de la calidad del expediente consignado. Es decir, entre mejor documentado esté todo será mejor, pero si se detectan inconsistencias, o algunos documentos presentan fallas, se tendrán que subsanar, lo cual puede llegar a demorar el trámite.

Tal como se puede evidenciar de lo anterior, el éxito de la solicitud de la nacionalidad española por matrimonio depende de cómo se presente a las autoridades. Por ello es de gran importancia contar con la asesoría de los mejores abogados de Barcelona.

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