PAREJA DE HECHO CON EXTRANJERO SIN PAPELES

Una de las situaciones habituales para una persona en pleno proceso de inmigración es encontrarse sin papeles, es decir, encontrarse en situación irregular. Lo anterior se traduce en que el extranjero no cuenta con número de identificación de extranjero (NIE), sino que solo tiene su pasaporte como medio de identificación.

Ahora bien, hasta hace algunos años, era común que no se permitiera el reconocimiento de una pareja de hecho entre un extranjero en situación de permanencia irregular y un ciudadano comunitario (español o perteneciente a un Estado de la Unión Europea), toda vez que el primero de estos no se encontraba en el territorio de forma regular. 

Esta situación ha cambiado y, en la actualidad, es completamente viable el establecimiento de una pareja de hecho con un extranjero sin papeles. Veamos cómo funciona este procedimiento.

Cómo constituir o formalizar la pareja de hecho con extranjero sin papeles en Cataluña

En la actualidad, y en especial de cara a los criterios sentados por el Tribunal Constitucional, el principal requisito para que se constituya la pareja de hecho es que ambas partes manifiesten su voluntad ante un organismo público que dé fe de tal acuerdo. Para el caso de las parejas de hecho, esto es ante el notario. Tal criterio viene a romper con la concepción tradicional que exigía que la pareja tuviese un tiempo de convivencia previo, toda vez que tal requisito era discriminatorio con respecto a otras formas de unión en pareja, como el matrimonio, y contrario a la libre manifestación de la voluntad.

Ahora bien, tal declaración, si bien es la más aceptada, no es la única. También es posible acceder a la declaratoria de la pareja de hecho cuando ambas personas tienen un hijo en común o logran demostrar que tienen más de dos años viviendo juntos. Esto último debe ser probado con el debido empadronamiento que demuestre el domicilio común. 

A su vez, el trámite no se hará ante el notario sino en el Registro de parejas de hecho de Cataluña. Esto en lo que respecta a dicha Comunidad Autónoma, pues cada una tiene su propia oficina encargada de estos asuntos. 

Documentos que deberán ser consignados

En líneas generales, los documentos que deberán ser aportados para constituir la pareja de hecho, pueden resumirse en:

❶ Documentos de identidad de cada parte, que como ya se mencionó, en el caso del extranjero en situación irregular, puede ser simplemente el pasaporte

❷ Certificación literal o completa de nacimiento del solicitante (esto debe ser tramitado previamente por el ciudadano español ante el correspondiente registro civil).

❸ Certificado de nacimiento del hijo o hija (en caso de que se alegue la existencia de un hijo en común).

❹ El certificado de empadronamiento común que acredite la residencia conjunta (en caso de que se solicite la pareja de hecho por tiempo de convivencia).

De igual forma, hay que tener presente que no existe un tiempo establecido para iniciar este trámite, por lo que se puede realizar en cualquier momento, siempre y cuando se reúnan los requisitos exigidos por la normativa correspondiente. 

¿La pareja de hecho con extranjero sin papeles da acceso a la residencia?

Como ya hemos comentado, la respuesta es que sí. En todo caso, una vez establecida la pareja de hecho, las autoridades competentes no están en la labor de determinar cómo o cuáles fueron las razones del establecimiento de dicha relación (salvo que presuman que hubo fraude). En consecuencia, si la pareja está válidamente constituida el procedimiento de solicitud de residencia, será plenamente válido para el extranjero en situación irregular.

En todo caso, lo que sí hay que tener presente es que el extranjero, con independencia de su situación de permanencia irregular, debe contar con un medio identificatorio. En tal caso, el pasaporte es este medio de identificación por excelencia, el cual acredita la identidad de su titular.

Una vez formalizada la pareja de hecho, ¿qué hacer para obtener la residencia?

Formalizada la pareja de hecho, el solicitante deberá dirigirse a la Oficina de Extranjería correspondiente para solicitar la tarjeta de residencia. En tal caso, además del certificado de pareja de hecho, deberá consignar el pasaporte y el certificado de empadronamiento.

¿Qué beneficios ofrece la pareja de hecho para el ciudadano extranjero sin papeles?

El primero, y quizás principal beneficio, es que el extranjero en situación irregular de permanencia podrá optar a la residencia regular de cinco años, contenida en la tarjeta comunitaria. 

De igual manera tendrá acceso al trabajo formal, así como a la seguridad social que esta condición implica. También es de destacar la cobertura por la salud pública, así como el libre desplazamiento por el espacio de la Unión Europea. 

A tener en cuenta… el Gobierno está evaluando posibles fraudes

Lamentablemente algunas personas están acudiendo a la vía de las parejas de hecho para obtener de forma fraudulenta la residencia. Esto es, simulando que existe una relación cuando en realidad no es cierto. 

Ante tales supuestos, el Gobierno ha autorizado a las Oficinas de Extranjería a verificar las relaciones de hecho, a objeto de verificar su veracidad. En todo caso, si tiene dudas sobre esta práctica no dude en contactarnos para evaluar su situación y ofrecerle las mejores alternativas para realizar su trámite de forma segura.

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Una de las situaciones habituales para una persona en pleno proceso de inmigración es encontrarse sin papeles, es decir, encontrarse en situación irregular. Lo anterior se traduce en que el extranjero no cuenta con número de identificación de extranjero (NIE), sino que solo tiene su pasaporte como medio de identificación.

Ahora bien, hasta hace algunos años, era común que no se permitiera el reconocimiento de una pareja de hecho entre un extranjero en situación de permanencia irregular y un ciudadano comunitario (español o perteneciente a un Estado de la Unión Europea), toda vez que el primero de estos no se encontraba en el territorio de forma regular. 

Esta situación ha cambiado y, en la actualidad, es completamente viable el establecimiento de una pareja de hecho con un extranjero sin papeles. Veamos cómo funciona este procedimiento.

Cómo constituir o formalizar la pareja de hecho con extranjero sin papeles en Cataluña

En la actualidad, y en especial de cara a los criterios sentados por el Tribunal Constitucional, el principal requisito para que se constituya la pareja de hecho es que ambas partes manifiesten su voluntad ante un organismo público que dé fe de tal acuerdo. Para el caso de las parejas de hecho, esto es ante el notario. Tal criterio viene a romper con la concepción tradicional que exigía que la pareja tuviese un tiempo de convivencia previo, toda vez que tal requisito era discriminatorio con respecto a otras formas de unión en pareja, como el matrimonio, y contrario a la libre manifestación de la voluntad.

Ahora bien, tal declaración, si bien es la más aceptada, no es la única. También es posible acceder a la declaratoria de la pareja de hecho cuando ambas personas tienen un hijo en común o logran demostrar que tienen más de dos años viviendo juntos. Esto último debe ser probado con el debido empadronamiento que demuestre el domicilio común. 

A su vez, el trámite no se hará ante el notario sino en el Registro de parejas de hecho de Cataluña. Esto en lo que respecta a dicha Comunidad Autónoma, pues cada una tiene su propia oficina encargada de estos asuntos. 

Documentos que deberán ser consignados

En líneas generales, los documentos que deberán ser aportados para constituir la pareja de hecho, pueden resumirse en:

❶ Documentos de identidad de cada parte, que como ya se mencionó, en el caso del extranjero en situación irregular, puede ser simplemente el pasaporte

❷ Certificación literal o completa de nacimiento del solicitante (esto debe ser tramitado previamente por el ciudadano español ante el correspondiente registro civil).

❸ Certificado de nacimiento del hijo o hija (en caso de que se alegue la existencia de un hijo en común).

❹ El certificado de empadronamiento común que acredite la residencia conjunta (en caso de que se solicite la pareja de hecho por tiempo de convivencia).

De igual forma, hay que tener presente que no existe un tiempo establecido para iniciar este trámite, por lo que se puede realizar en cualquier momento, siempre y cuando se reúnan los requisitos exigidos por la normativa correspondiente. 

¿La pareja de hecho con extranjero sin papeles da acceso a la residencia?

Como ya hemos comentado, la respuesta es que sí. En todo caso, una vez establecida la pareja de hecho, las autoridades competentes no están en la labor de determinar cómo o cuáles fueron las razones del establecimiento de dicha relación (salvo que presuman que hubo fraude). En consecuencia, si la pareja está válidamente constituida el procedimiento de solicitud de residencia, será plenamente válido para el extranjero en situación irregular.

En todo caso, lo que sí hay que tener presente es que el extranjero, con independencia de su situación de permanencia irregular, debe contar con un medio identificatorio. En tal caso, el pasaporte es este medio de identificación por excelencia, el cual acredita la identidad de su titular.

Una vez formalizada la pareja de hecho, ¿qué hacer para obtener la residencia?

Formalizada la pareja de hecho, el solicitante deberá dirigirse a la Oficina de Extranjería correspondiente para solicitar la tarjeta de residencia. En tal caso, además del certificado de pareja de hecho, deberá consignar el pasaporte y el certificado de empadronamiento.

¿Qué beneficios ofrece la pareja de hecho para el ciudadano extranjero sin papeles?

El primero, y quizás principal beneficio, es que el extranjero en situación irregular de permanencia podrá optar a la residencia regular de cinco años, contenida en la tarjeta comunitaria. 

De igual manera tendrá acceso al trabajo formal, así como a la seguridad social que esta condición implica. También es de destacar la cobertura por la salud pública, así como el libre desplazamiento por el espacio de la Unión Europea. 

A tener en cuenta… el Gobierno está evaluando posibles fraudes

Lamentablemente algunas personas están acudiendo a la vía de las parejas de hecho para obtener de forma fraudulenta la residencia. Esto es, simulando que existe una relación cuando en realidad no es cierto. 

Ante tales supuestos, el Gobierno ha autorizado a las Oficinas de Extranjería a verificar las relaciones de hecho, a objeto de verificar su veracidad. En todo caso, si tiene dudas sobre esta práctica no dude en contactarnos para evaluar su situación y ofrecerle las mejores alternativas para realizar su trámite de forma segura.

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