Tipos de arraigo en España

El arraigo es un mecanismo legal que permite a los extranjeros, que están en una situación irregular, obtener un permiso de residencia y regularizar su estatus. Esto, porque existen personas que residen en el país y lo han hecho su hogar, adoptando sus costumbres e integrándose en la sociedad.

Para España, es de gran importancia otorgar la oportunidad de obtener un estatus legal a los extranjeros y, sobre todo, garantizar la estabilidad en la sociedad. Es por ello que existen diferentes tipos de arraigo, cada uno para distintas situaciones y circunstancias.

¿Qué tipos de arraigos hay en España?

Arraigo de tipo familiar

Este arraigo se puede obtener bajo algunas circunstancias; así, no todo ciudadano extranjero que se encuentre en el país puede obtenerlo, además, se deben cumplir ciertos requisitos. Este tipo de arraigo se aplica en diferentes situaciones, las cuales se describen a continuación:

Padres o madres de un menor de nacionalidad española

Se otorga el arraigo familiar a aquellos extranjeros que sean padre o madre de un menor español con el cual convivan. También, pueden solicitarlo si no hay convivencia, pero están al corriente de sus obligaciones paterno-filiales. Este permiso puede además ser tramitado por personas que brindan apoyo a una persona con discapacidad de nacionalidad española para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre y cuando, vivan con dicha persona y sean responsables de su cuidado.

Cónyuges o parejas de hecho acreditadas de ciudadanos españoles

El arraigo familiar también se concede a los cónyuges o parejas de hecho, debidamente acreditadas de ciudadanos o ciudadanas de nacionalidad española. Esta autorización permite una residencia temporal por un período de cinco años y otorga el derecho a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Ascendientes y descendientes de ciudadanos españoles

Los ascendientes mayores de 65 años o menores de 65 años que dependan económicamente, así como los descendientes menores de 21 años o mayores de 21 años que estén a cargo de un ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho, también pueden solicitar el arraigo familiar. En estos casos, se concede una autorización de residencia por un período de cinco años, que permite trabajar en empleo por cuenta ajena o propia.

Los hijos de padres o madres que originalmente hayan sido españoles, también pueden solicitar este tipo de arraigo. Para ello, tendrán que presentar la documentación pertinente.

Arraigo laboral en España

El Arraigo Laboral se refiere a una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que permite a los extranjeros trabajar en el país. Para solicitar esta autorización, se requiere demostrar una estancia continua de al menos dos años en España antes de presentar la solicitud, así como la existencia de relaciones laborales con una duración mínima de seis meses.

Para obtener este arraigo no se debe tener nacionalidad de un país perteneciente a la Unión Europea, de suiza o ser familiar directo de los países que estén bajo el régimen de ciudadano de la Unión. Además, no se deben poseer antecedentes penales tanto en España como en otros países en que se haya residido.

Otro de los requisitos estrictos que se necesitan para optar por este arraigo, es que la persona debe permanecer en España de manera continua por lo menos dos años, sin tener ausencias mayores a los 90 días. Por otra parte, la persona deberá demostrar la existencia de que ha estado trabajando o tiene una relación laboral en el país con una duración de por lo menos seis meses. También deberá tener ciertos documentos específicos como:

❶ Impreso de solicitud en modelo oficial (EX10) debidamente cumplimentado y firmado.

❷ Copia completa del pasaporte o título de viaje.

❸ Documentos que acrediten la estancia continua en España durante al menos dos años.

❹ Certificado de antecedentes penales.

❺ Documentación que demuestre la existencia de relaciones laborales en situación legal de estancia o residencia en los últimos dos años.

El arraigo laboral solo se puede presentar si el ciudadano extranjero tiene una situación irregular en el país. Es decir, si tiene algún otro permiso que le permita trabajar, entre otras situaciones legales, no podrá optar por este tipo de arraigo.

¿Cuándo puedo solicitar el arraigo social?

El Arraigo Social es uno de los tipos de arraigo más reconocidos en España, ya que ofrece una autorización de residencia para aquellas personas que se encuentren de manera continua en el país durante al menos tres años. Para lograr optar por este arraigo hay distintas opciones y requisitos que el ciudadano debe cumplir.

Medios económicos propios o de un familiar

Una de las opciones para solicitar el Arraigo Social es contar con medios económicos propios o los de un familiar. Esto implica demostrar que se dispone de recursos financieros suficientes para mantenerse en el país sin necesidad de recurrir a asistencia pública.

Emprender un negocio propio

Otra opción, es establecer un negocio propio en España. Aquellos que deseen emprender y montar su propia empresa pueden solicitar el Arraigo Social, presentando un plan de negocio sólido y viable que demuestre el potencial de generar empleo y contribuir a la economía del país.

Oferta de empleo

Si se cuenta con una oferta de empleo que cumple con ciertos requisitos, también es posible solicitar el Arraigo Social. La oferta de trabajo debe garantizar un salario mínimo interprofesional o el salario establecido en el convenio colectivo correspondiente. Además, la jornada laboral debe ser de al menos treinta horas (30) semanales en el cómputo global.

En casos en los que se tenga a cargo menores o personas que requieran apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, el contrato de trabajo puede tener una duración mínima de 20 horas. Es importante destacar que se pueden presentar varios contratos de trabajo si se cumplen ciertas condiciones, como en el sector agrario o cuando se trabajen parcialmente para múltiples empleadores en diferentes ocupaciones.

Arraigo de formación en España

El Arraigo para la Formación es una modalidad de autorización de residencia en España que se introdujo en la reciente reforma del reglamento de extranjería, entrando en vigor el 16 de agosto de 2022. Actualmente este arraigo permite a los extranjeros obtener una autorización de residencia por un período de doce meses, siempre y cuando acrediten una estancia continua en España de al menos dos años.

Lo principal de este arraigo es tener un certificado de profesionalidad, según la ocupación específica que se quiera ejercer. El ciudadano tiene que comprometerse a seguir un programa de formación oficialmente reconocido y aprobado que esté relacionado con el ámbito laboral. Esta formación debe estar diseñada para adquirir habilidades y conocimientos específicos que sean relevantes para el mercado laboral.

De igual forma, deberá participar en un programa de formación que permita obtener un certificado que habilita el ejercicio de una profesión u ocupación específica. Para obtenerlo, se deben conocer las normativas profesionales o si hay alguna regulación por parte de la Ley.

El ciudadano también puede comprometerse a realizar cursos de ampliación, actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales ofrecidos por las universidades. Estos cursos están destinados a la educación continua y la mejora de las capacidades profesionales.

¿Cómo se obtiene el arraigo de formación?

El solicitante debe presentar la documentación que acredite la matriculación dentro de un plazo de tres meses a partir de la notificación de la resolución de concesión de la autorización. En caso contrario, la Oficina de Extranjería tiene la facultad de extinguir dicha autorización. Si la matriculación está sujeta a periodos específicos, se debe enviar a la Oficina de Extranjería una prueba de matrícula en un plazo máximo de tres meses después de la finalización de dicho período.

En casos en los que la duración de la formación sea superior a doce meses o exceda la vigencia de la primera autorización concedida, la autorización de residencia puede ser prorrogada una única vez por otro período de doce meses.

Después de que se complete la formación, la persona tiene que presentar una solicitud de autorización de residencia y trabajo en la Oficina de Extranjería, también deberá adjuntar un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empleador. El contrato deberá asegurar que la persona obtendrá por lo menos el salario mínimo interprofesional o el establecido por el convenio colectivo.

Por último, se debe presentar evidencia de haber superado la formación prevista en la solicitud de residencia. En estos casos, la Oficina de Extranjería otorgará una autorización de dos (2) años que habilitará al interesado para trabajar.

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