El visado es un documento que permite entrar a un país distinto a aquel del que se es nacional. Esto es: el visado es aquel documento que permite, unido al pasaporte, entrar de forma legal a un país del que no se tiene su nacionalidad.
Hoy en día son muchas las personas que, por diferentes motivos, quieren trasladarse a España, ya sea como turista, como trabajador o como estudiante. En el caso de los ciudadanos extracomunitarios, es decir, aquellos no nacionales de ningún Estado de la Unión Europea, es necesario, en la mayoría de casos, contar con un visado para trabajar y residir en nuestro país de forma legal.
En este sentido, es necesario cumplir con los requisitos que exige la normativa. De hecho, en caso de no cumplir con alguno de los requisitos, el visado puede ser denegado. En este caso, ¿qué se puede hacer?
¿Por qué se deniega un visado?
La solicitud de visado puede ser denegada por muchos motivos. No obstante, las causas más comunes de denegación de la solicitud de un visado son las siguientes:
- No aportar toda la documentación exigida por el Consulado y que tiene la finalidad de justificar el viaje y la estancia en España.
- El estudiante no acredita disponer de medios económicos suficientes para costear su estancia en España.
- Cuando no existen garantías de retorno del solicitante de visado, en los casos de visado de corta duración.
- No tener alojamiento en España, bien porque no se tenga un familiar o conocido en cuyo hogar se pueda hospedar el solicitante, bien porque no se acredite la reserva de un alojamiento para la estadía o porque no se aporte un contrato de alquiler.
- No tener reservas de vueles de ida y vuelta.
- No disponer de estabilidad laboral.
¿Qué hacer en caso de denegación del visado de entrada a España?
Son los Consulados de España en el extranjero los que tienen capacidad para comprobar si el solicitante de visado cumple con todos los requisitos legales necesarios para la concesión de este documento. No obstante, en ocasiones, este es denegado. ¿Qué hacer en este escenario?
Recurso de Reposición
Si el solicitante considera que la denegación del visado adoptada por el Consultado no es justa o adecuada, puede presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes. A través de la interposición de este recurso, el Consulado podrá rectificar su decisión. Esto es: el recurso de reposición es resuelto por el mismo órgano que adoptó la decisión recurrida.
Para interponerlo, el solicitante deberá completar una solicitud en la que consten su nombre y apellidos, su DNI, CIF o NIE, el lugar, fecha y firma y el número de expediente. Además, el interesado deberá exponer las causas que justifican la concesión del visado.
En el plazo máximo de un mes, el solicitante recibirá respuesta del Consulado. Cuando el plazo ha transcurrido y el solicitante no ha obtenido respuesta expresa del Consulado, el solicitante debe entender que el recurso de reposición ha sido desestimado.
Recurso Contencioso-Administrativo
Cuando el recurso de reposición ha sido desestimado, el solicitante podrá recurrir al recurso contencioso-administrativo. No obstante, no es preciso interponer un recurso de reposición para poder interponer uno contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses.
A la hora de interponerlo, el interesado deberá identificar el acto que desea impugnar. Admitido el recurso contencioso-administrativo, el Letrado de la Administración de Justicia reclamará el expediente a Extranjería y notificará al interesado para que este interponga demanda.
En la demanda se incluirán los siguientes extremos:
- Hechos: se expondrá la situación que justifica la interposición de este recurso.
- Fundamentos de Derecho: se expondrán las normas del Ordenamiento Jurídica en que se fundamenta la pretensión del interesado.
- Pretensiones: se expondrá el objetivo de la demanda.
Esta demanda deberá aportarse a la resolución que se solicita, es decir, el informe expedido por el Consulado en el que se muestran las razones por las que no se ha concedido el visado al solicitante.
¿Es posible volver a solicitar el visado una vez este ha sido denegado?
No, no se puede volver a solicitar el visado una vez dicha solicitud ha sido denegada. Sin embargo, el interesado sí podrá solicitar otro tipo de permiso. No obstante, se ha de tener en cuenta que las probabilidades de que estos permisos sean también denegados después de la denegación del visado son altas.
En definitiva, es fundamental, a la hora de solicitar un visado para entrar en España, contar con asesoramiento de expertos en Derecho de Extranjería. Sin duda, lo mejor es tener los servicios de un abogado especializado en esta rama del Derecho que guíe al interesado en la consecución del visado. Además, en caso de no conseguir la concesión de este documento, este profesional del Derecho podrá guiar al solicitante en la interposición de los diferentes recursos.
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