¡Excelentes Noticias!
El BOE del 23 de Septiembre de 2021 ha publicado, lo que muchos esperábamos que se convirtiera en una realidad. La instrucción que permite que las juras para la obtención de la Nacionalidad Española puedan ser realizadas ante notario, además de algunos importantes puntos que mencionaremos a continuación.
¿Qué significa esto?
Adicional a lo más importante, que es la posiblidad de realizar la jura de la nacionalidad ante notario, esta instrucción contiene algunos puntos importantes, listados a continuación:
- Posibilidad de realizar la Jura en los consulados de España, ante el encargado del registro civil en el extranjero. Facilitando así el procedimiento a aquellos nuevos españoles que se encuentren residiendo en el exterior en el momento en el que les sea concedida la nacionalidad.
- Posibilidad de realizar o solicitar la nacionalidad Española por Opción ante Notario (Únicamente en España): Esta vía, que hasta el momento no había sido implementada, permite agilizar enormemente los trámites para obtener la Nacionalidad por opción.
¿Cómo era este trámite antes?
Antes de que se obtuviera esta instrucción, este procedimiento debía realizarse ante Registros civiles, que gracias a la alta demanda de trámites por resolver, tardaban meses (o incluso años) para poder otorgar una cita para el acto de jura para la Nacionalidad Española.
A continuación podrás conocer el texto completo de la publicación del BOE:
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