Los extranjeros que se encuentren en España realizando estudios, investigaciones, procesos de formación o prácticas, podrán solicitar la renovación de su permiso de residencia.
La permisología de estancia podrá incluir a familiares que vivan con él y que realicen la debida tramitación al respecto. Para hacerlo, es necesario cumplir con ciertos parámetros establecidos, los cuales serán explicados con detalle más adelante.
Requisitos para renovar el permiso de estancia
Para comenzar, es importante considerar que se trata de un trámite legal; por ello, es indispensable cumplir con ciertas normas establecidas. En tal sentido, de no cumplir a cabalidad con los requerimientos exigidos, entonces no se podrá completar la solicitud.
Lo primero que se le solicitará será la constancia de carecer de antecedentes penales. También deberá presentar la cualificación profesional exigida por el gobierno español. Para continuar, sí ha sido becado por algún organismo público o privado, no será elegible para la renovación. En este sentido, podrá demostrar que concluyó sus estudios o investigación con aprovechamiento sin haber sido subsidiado por alguna entidad.
En caso de ser investigador tendrá que presentar un contrato de trabajo válido y firmado por el organismo de investigación que lo contrató. Finalmente, las personas que necesiten tramitar la renovación de su permanencia deben demostrar que han permanecido en el país tres años consecutivos.
Se aclara que algunos solicitantes quedan exentos de presentar los requisitos antes mencionados. Los mismos son los profesionales cuya labor se refiera al ejercicio de la medicina, siendo especialistas en ciencias de la salud. Lo dicho se cumplirá siempre que su actividad se oriente a la escala de complemento del Cuerpo Militar. Además, estos profesionales podrán obtener el reconocimiento de sus títulos obtenidos en Estados no Miembros de la Unión Europea.
Documentación a presentar para la renovación del permiso de residencia en Barcelona
Se deberá presentar el convenio de acogimiento firmado en conjunto con el organismo investigador. El mismo tiene que estar acompañado con la memoria descriptiva del proyecto y el contrato de trabajo entre ambos. En este sentido se presentarán el NIF o NIE tanto de la empresa como del solicitante. O en su defecto la autorización para constatar sus datos a través del sistema de verificación.
Continuando con la documentación se le exigirá ya impreso el modelo EX-04, cumplimentado y firmado por el organismo investigador. Junto a ello, se presentará la copia del pasaporte o título de viaje vigente y válido para el gobierno español. Asimismo presentará la acreditación que certifique su cualificación profesional para la actividad que realizará.
De igual manera es necesario entregar tres fotografías tamaño carnet, resientes, con fondo blanco y tomadas de frente. Para finalizar es importante aclarar que toda la documentación debe ser presentada por duplicado y debidamente cumplimentada sin enmiendas ni tachaduras.
Procedimiento que debe completar el solicitante
Todos los trámites se hacen personalmente o en todo caso, los hará el sujeto que tenga representación legal del organismo de investigación. Por su parte, los interesados han de acudir a La Oficina de Extranjería que se encuentre en la provincia donde se va a ejercer la actividad. Allí se devengarán las tasas por residencias y trabajos presentando el modelo 790 de código 052 en el epígrafe 2.1.También deberá presentar el modelo 790 código 062 con el epígrafe 1.1 o 1.6 dependiendo de sí el trabajo es por cuenta propia o ajena.
En este sentido, la presentación de la solicitud debe hacerse durante la vigencia de la actual autorización de residencia y trabajo. Sin embargo, nunca se podrá presentar la misma antes de los noventa días de la fecha de vencimiento. De esta manera, el plazo para la resolución de la misma será de cuarenta y cinco días; de no recibir respuesta durante ese tiempo, debe considerarse como una negativa.
De ser favorable la contestación entonces el trabajador, investigador o estudiante cuenta con un mes para tramitar su Seguridad Social. Una vez que la obtenga podrá solicitar su Tarjeta de Identificación como Extranjero.
Para tramitar las autorizaciones de los familiares es necesario cumplir con ciertos parámetros
En cuanto a la familia, además de todos los documentos y requisitos mencionados anteriormente, se debe entregar otro tipo de documentación. La misma incluye constancia de disponer de una vivienda adecuada la cual debe ser expendida por la autoridad competente. Asimismo, debe corresponder al lugar donde reside el familiar solicitante y se debe consignar por duplicado este recaudo.
En dicha constancia se detallarán las condiciones en las cuales se encuentra la vivienda. Considerando el número de habitaciones que posee y cuál será el uso que tendrá cada una de ellas. De la misma forma se informará cuántas personas van a vivir allí y las condiciones de habitabilidad y equipamiento necesario para tener una permanencia adecuada.
Un punto muy importante a considerar, es que se exigirá referencia sobre el tipo de título que se dispone con respecto a la vivienda (propia, arrendada, en comodato, etc). Esto incluye una copia con la solicitud de informe de la Corporación Local o Comunidad Autónoma.
Leyes que respaldan a los solicitantes y a sus familiares
Debido a la importancia que genera el hecho de respaldar los derechos humanos de quienes residen legalmente en España, se hizo necesario crear un marco legal al respecto. El mismo está destinado a proteger y salvaguardar a todas las personas, incluyendo a extranjeros y a sus familias. De esta manera se pretende garantizar la seguridad de los ciudadanos, ofreciéndo una permanencia segura.
Por ello se crearon normativas generales y específicas para resguardar a los extranjeros que realizan trabajos de investigación o estudios en España. Entre las generales se encuentran la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero en los artículos 36 y 38. De igual manera El Reglamento a esta ley aprobado por Decreto Real 4/2000 de 20 de abril en su artículo 199. En ambas se exponen los derechos y libertades de los ciudadanos extranjeros que residen legalmente en territorio español.
Entre las normativas específicas cabe destacar la Directiva 2005/71/CE del Consejo, con fecha 12 de octubre de 2005. En ella se explica cómo es la admisión de ciudadanos de otros países con fines científicos, incluyendo investigaciones en este ámbito.